Resolución judicial
03/10/2019 | 20:20 | Está acusada de haber intentado ocultar celulares utilizados para un secuestro extorsivo al arrojarlos a un pozo negro. Lo determinación fue de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba. Los niños tienen entre 3 y 16 años.
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La mujer recibió el beneficio por sus hijos (Foto: amnistia.org/ilustrativa).
Una mujer que está acusada de haber intentado ocultar celulares utilizados en un secuestro extorsivo fue excarcelada, en una decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, que consideró el "interés superior" de sus hijos, menores de edad.
Se trata de Natalia Figueroa, quien había sido procesada por encubrimiento con prisión preventiva domiciliaria por arrojar dos celulares presuntamente vinculados con un secuestro extorsivo a un pozo negro durante un allanamiento en su casa.
Mercedes Crespi, defensora oficial, apeló la condena al señalar que "no se respetaba el principio de inocencia" de la mujer, y al marcar la inexistencia de un hecho punible y la carencia de un riesgo de fuga.
La Cámara, integrada por los jueces Ignacio Vélez Funes, Eduardo Ávalos y Graciela Montesi, dio lugar al pedido de Crespi y le otorgó la liberación.
Los fundamentos detallan que no tiene antecedentes, que su libertad no pone en riesgo la investigación y que, de ser sentenciada, la condena podría tener cumplimiento condicional.
La Cámara revocó la resolución dictada por el Juez Federal Nº 2 de Córdoba y en consecuencia resolvió por unanimidad "hacer lugar al beneficio de excarcelación solicitado en favor de Natalia Figueroa disponiendo su inmediata libertad bajo caución juratoria y quedando absolutamente prohibida la salida del país, debiendo la nombrada comparecer cada 30 días ante los estrados del Juzgado Federal Nº 2 de Córdoba, según las razones particulares dadas, bajo apercibimiento de que el beneficio que es otorgado por la presente sea revocado".
Figueroa es madre de cinco niños, que tienen entre 3 y 16 años, y no posee recursos económicos, por lo que se descarta el riesgo de fuga.
En los fundamentos, Vélez Funes remarcó que el artículo 3:1 de la Convención sobre los Derechos del Niño indica que “en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una condición primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”.
"Es decir, del propio texto de la Convención aludida se desprende que el derecho del niño a contar con la presencia de los padres solo cede en forma excepcional y únicamente en función de la supremacía del interés superior del niño", acotó.
El defensor oficial Rodrigo Altamira indicó a Cadena 3 que la pareja de la mujer, quien está detenido, está acusado del secuestro extorsivo.
"En la Cámara Federal de Apelaciones se valoró la situación personal de ella, con hijos de 16, 13, 11, 6 y 3 años, que están escolarizados, y a partir de la Convención de los Derechos del Niño el juez entiende que el interés superior del niño tiene que primar", sostuvo.
En ese sentido, amplió: "Dentro de eso está el derecho a estar con sus padres, y en este caso, con su madre. A partir de eso se entendió que debía ser excarcelada para que su madre pueda ocuparse de ellos. Si bien estaba con prisión domiciliaria, que implica ciertas restricciones, ahora podrá acompañarlos al colegio y otras actividades que antes no podía realizar".
Entrevista de "Informados, al regreso"