Golpe al oficialismo
19/12/2024 | 20:03
Redacción Cadena 3
Audios
Luis Naidenoff: "No hay más margen en la Argentina para la reelección indefinida"
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró este jueves la inconstitucionalidad del artículo que permite la reelección indefinida del gobernador de Formosa, decisión que afecta de lleno a Gildo Insfrán, quien se mantiene en el poder desde 1995.
La decisión del máximo tribunal fue unánime, con votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
/Inicio Código Embebido/
Mirá también
/Fin Código Embebido/
Insfrán ya convocó antes de que se conociera la medida a una reforma constitucional en la provincia, que implica una sola reelección y que comenzaría a contar a partir de 2027, lo que le permitiría tener otros dos períodos más, según apunta la oposición.
La presentación había sido llevada adelante por la Confederación Frente Amplio Formoseño c/Formosa, con la diputada provincial Agostina Villaggi y Juan Montoya, de la Unión Cívica Radical (UCR) como apoderados.
Los jueces Rosatti, Maqueda y Lorenzetti acordaron en que la cláusula del artículo 132 de la Constitución local impugnado (aprobada en 2003) dejó explícita una ambigüedad sobre permitir o no las reelecciones de forma ilimitadas.
De esa manera, se veía afectada la alternancia en el Poder Ejecutivo provincial y en la división de poderes, para mantener el sistema democrático con un correcto funcionamiento.
La impugnación consideraba que la norma cuestionada resulta violatoria de lo dispuesto por el artículo 5º de la Constitución Nacional, en función de lo establecido por los artículos 1º de la Ley Fundamental y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Rosatti, Maqueda y Lorenzetti aseguraron que las provincias “deben ajustarse a los límites de la Constitución Nacional” y argumentaron que la reelección ilimitada “fomenta la personalización del poder, debilitando el sistema de frenos y contrapesos, y otorgando ventajas inadecuadas en contiendas electorales”.
Por su parte, el juez Carlos Rosenkrantz manifestó que este tipo de prácticas electorales “erosiona” la representación de los gobernantes y puede derivar en “prácticas autoritarias”; asimismo aseveró que Insfrán completará su mandato sin problemas.
En definitiva, el fallo establece que Formosa deberá modificar su Constitución mediante los “procedimientos previstos en su normativa”, para ponerle freno a las reelecciones indefinidas, marcando un precedente “en la relación entre federalismo y los principios fundamentales del orden republicano”.
El exsenador formoseño de la Unión Cívica Radical (UCR), Luis Naidenoff, dijo este jueves a Cadena 3 que "Insfrán tiene fecha de vencimiento". Además, enfatizó que "no hay más margen en Argentina para la reelección indefinida".
El exlegislador afirmó que "éste es un mensaje fuerte de institucionalidad de la Corte" y resaltó que "hay que reformar la Constitución" para garantizar la alternancia en el poder.
Respecto de la situación política futura, Naidenoff consideró que el fallo es "el comienzo" de un cambio", pero advirtió que cualquier intento de Insfrán por eludir la decisión de la Corte sería una "desobediencia" a la misma. "El señor Insfrán hasta acá llegó", concluyó.
Además, señaló: "Formosa es la provincia que menos exporta, con un cero por ciento del total nacional".
También criticó la falta de empleo en el sector privado, lo que obliga a muchos jóvenes a buscar oportunidades fuera de la provincia.
/Inicio Código Embebido/
/Fin Código Embebido/
Te puede Interesar
Presunta corrupción
El máximo tribunal rechazó el recurso de la expresidenta y de su hijo, quienes apelaron la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal de enviarlos a proceso oral. El caso es por el supuesto delito de lavado de activos.
Revés judicial
Eduardo Casal consideró la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución de Formosa, que permite que el gobernador continúe sin límite en el cargo. La Corte Suprema ahora deberá decidir.
Cambio histórico
El fallo resalta el "derecho a la esperanza" de los condenados, promoviendo la resocialización y la posibilidad de reintegrarse a la sociedad tras cumplir 35 años de prisión.