Justicia de Familia
30/06/2020 | 19:26 | En Córdoba, una jueza ordenó la suspensión de la licencia de conducir y la prohibición de su renovación a un progenitor que debe dos años en concepto de alimentos para su hija.
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Suspenden la licencia de conducir a un padre hasta que pague la cuota alimentaria
Suspenden la licencia de conducir a un padre deudor de la cuota alimentaria
El Juzgado de Familia de 8° Nominación de la ciudad de Córdoba ordenó la suspensión de la licencia de conducir y la prohibición de su renovación a un padre deudor de cuota alimentaria.
La jueza María Alejandra Mora señaló que, de las constancias del expediente, surgía con claridad la conducta remisa del progenitor a cumplir de manera íntegra con la cuota acordada a favor de su hija menor de edad.
El tribunal indicó que el derecho a los alimentos constituye un derecho humano básico y derivado del derecho a la vida. Por ello, al analizar la posible tensión entre la libre circulación del progenitor y las medidas tendientes a resguardar el derecho a los alimentos y al desarrollo de un niño, la jueza resolvió que la segunda opción debe prevalecer sobre la primera.
En diálogo con Cadena 3, Mora indicó: “Lo importante a señalar es que la ley faculta a los jueces para que podamos disponer de medidas razonables para logar el cumplimiento de la cuota alimentaria, es una norma versátil que está abierta a la creatividad de los abogados y de las partes”.
“En este caso, la señora es la que mejor lo conoce y puede saber qué medida afecta los intereses de él para lograr el cumplimiento de la prestación alimentaria”, explicó.
En ese sentido ejemplificó: “Ha habido resoluciones donde se ha impedido que el progenitor haga un viaje al exterior o ingrese a un estadio por ser un fanático del fútbol”.
Por otra parte, la magistrada resaltó que el incumplimiento en el pago de la cuota alimentaria por parte del progenitor constituye un caso de violencia de género de tipo económica y patrimonial.
Mora advirtió que “la falta de pago de la mesada alimentaria afecta directamente a la madre, pues ocasiona un deterioro de su situación económica, ya que debe cubrir de manera exclusiva las necesidades materiales de su hija, con la consiguiente limitación injustificada de sus propios recursos económicos”.
El progenitor adeudaba las cuotas alimentarias desde agosto de 2017 a agosto de 2019.
Informe de Alejandro Bustos.
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