La Mesa de Café
21/04/2023 | 11:29
Redacción Cadena 3
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Córdoba: un fallo resolvió que una mujer que gestó y parió, no sea la madre
El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y Género de 5º Nominación de Córdoba declaró inaplicable el artículo 565 del Código Civil en la determinación de que la maternidad se establece con la prueba del nacimiento y con la identidad del nacido.
En ese marco, la jueza Carla Olocco explicó en La Mesa de Café la disposición de anular el dato biológico de la gestación y el parto con la finalidad de disociarse de la filiación legal, priorizando la autonomía de la mujer gestante y su derecho a decidir libremente sobre la interrupción de su embarazo por sobre la voluntad de cualquier otra persona.
La magistrada afirmó la expresa manifestación de la mujer a las autoridades del hospital donde acudió a solicitar la interrupción legal del embarazo (ILE) que no quería "maternar" y que tampoco aportaría datos de las personas que integran su familia.
Cabe decir que "la mujer asistió al nosocomio con 34 semanas de gestación a solicitar una ILE, acogiéndose en una de las causales que prevé la ley, ya que estaba vinculada con una agresión sexual", según relató Olocco.
En efecto, tras parir, se dispuso la adoptabilidad de la beba; además, la jueza declaró inaplicable la determinación que la maternidad se establece solo con la prueba del nacimiento y con la identidad del nacido, ya que la menor había sido inscripta como hija de la mujer gestante, aunque ella había expresado su negativa. Incluso existía un acta de nacimiento y un DNI que así lo consignaban.
En esa línea, Olocco dictó una resolución que permite disociar el dato biológico de la filiación legal. Así, exhortó al Ministerio de Salud de la Provincia y a los Registros Civiles a adecuar sus normativas y procedimientos para formalizar las inscripciones en otros términos con el fin de evitar que se generen "escenarios de revictimización para las mujeres".
Sobre ello, puntualizó: "Pretendemos que la ley no avance creando un vínculo jurídico con una persona que expresamente ha manifestado su deseo de interrumpir un embarazo"; y afirmó que "la filiación hoy no necesariamente es la biológica".
Sobre la beba, comentó que "se dictó la preadoptabilidad y hoy se encuentra en una guarda preadoptiva". Y concluyó: "Somos jueces de niñez y tenemos justamente que velar por el interés superior del niño. En este caso lo mejor era el dictado de esta situación de preadoptabilidad, y su derecho a la identidad está plenamente garantizado para cuando tenga la madurez suficiente".
Entrvista de Miguel Clariá.
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