Qué pasará con edad jubilatoria tras la aprobación parcial de la ley bases (Foto: NA)

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Qué pasará con las jubilaciones tras los cambios aprobados en la Ley Bases

01/05/2024 | 09:35

El texto aprobado en Diputados propone reemplazar el mecanismo actual por una "Prestación de Retiro Proporcional". El abogado previsionalista, Fernando Viera, aclaró todas las dudas en Cadena 3.

Redacción Cadena 3

Octavio Liberali

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Qué pasará con las jubilaciones tras los cambios aprobados en la Ley de Bases

La Cámara de Diputados eliminó este martes la moratoria previsional a través de la votación en particular del título 9 que creó la "Prestación de Retiro Proporcional", tras 25 horas de sesión especial en el que se aborda la Ley Bases. El resultado de la votación dejó 125 votos a favor, 113 en contra y tres abstenciones.

La última moratoria previsional puesta en marcha por el Gobierno de Alberto Fernández permitía que personas que no habían llegado a los 30 años de aportes jubilatorios durante su ejercicio laboral pudieran igualmente acceder a una jubilación mínima a través de un programa en el que se les iba descontando de las cuotas de los haberes lo correspondiente por los años adeudados.

El gobierno de Javier Milei consideró que no es justo para las personas que aportaron durante 30 o más años financiar a aquellas personas que por distintas circunstancias no llegaron a hacerlo.

En reemplazo de la moratoria, el Gobierno incluyó un sistema similar a la Pensión Universal a la Adultez Mayor (PUAM) que reconocía el 80% de los haberes de una jubilación mínima para aquellas personas que no hubieran alcanzado los 30 años de aportes requeridos por regla general.

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La nueva “Prestación de Retiro Proporcional” propone otorgar a las personas que no cumplen con los requisitos para jubilarse un proporcional por los años de aportes, con un mínimo del 80% del haber de una jubilación mínima.

El abogado previsionalista, Fernando Viera, habló con Cadena 3 y señaló que la ley 17.705 permitía jubilarse a las mujeres de 60 años y a los varones de 65 mediante la compra de aportes, desde que tuvieran 18 años hasta el 31 de diciembre del 2008.

"Uno podía comprar años en los periodos en los que no tiene servicios y le hacen un examen socioeconómico. Si lo pasa, lo puede pagar en cuotas, que se le descuentan de la jubilación. Si no lo pasa, tiene que pagar de contado y regulariza su situación para llegar a los 30 años de aporte", precisó el abogado.

La ley, según explicó, tiene otro capítulo donde le permiten a aquellas personas que le falten hasta 10 años de edad completar servicios. Ese capítulo permite comprar años hasta marzo de 2012. "Si se deroga esta ley, evidentemente ya no va a quedar mucho espacio para regularizar la situación previsional de las personas. Va a seguir existiendo una ley de moratoria, la 24.476, pero solamente permite comprar años hasta septiembre de 1993. Entonces, a medida que van pasando las generaciones, cada vez pueden comprar menos años", detalló.

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Viera sostuvo que el objetivo de lo votado el martes en la Cámara de Diputados es frenar las jubilaciones con moratoria para que la gente se jubile con los aportes que efectivamente tengan. Asimismo, aclaró que quien haya comprado los años, una vez que fueron comprados ya es un "derecho adquirido" y no pueden quitarse.

Pese a los cambios en la moratoria jubilatoria, el abogado previsionalista aclaró en diálogo con Cadena 3 que la ley de jubilaciones sigue siendo la misma ya que no se modifica la edad ni los años de aporte.

"Lo que se va a agregar es una prestación nueva, o sea, va a haber una prestación más, tenemos la jubilación ordinaria, jubilación por invalidez, pensiones, existe la PUAM para el que tiene 65 años y no tiene aportes. Ahora, se agregaría una nueva prestación que sería una jubilación proporcional, la cual sería tanto para varón como para mujer a los 65 años, tendría los mismos requisitos de la PUAM y no les pagarían menos de ese valor", indicó.

Y añadió: "La PUAM es el 80% de la jubilación mínima, pero van a tener el plus de que le van a computar los años de aporte que efectivamente tengan. Se habla de jubilación proporcional, pero no sabemos si se va a usar la misma fórmula, una proporción idéntica. No se sabe cómo es la fórmula porque la misma ley dice que ese es el Poder Ejecutivo el que después va a reglamentar la forma en la que se va a calcular".

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"Si tuviste 20 años de aporte en una empresa grande, fuiste jefe en una empresa grande, tenés muy buenos sueldos, muchos años de aporte y no llegás a los 30, te faltan 10 y cumpliste los 65, el cálculo proporcional seguramente daría muy por encima del mínimo", ejemplificó Viera.

A pesar de los beneficios para obtener la prestación proporcional, hay ciertos contrapesos. "Lo que dice la ley de Bases es que tiene los mismos requisitos que la PUAM. La PUAM, primero, lleva un examen socioeconómico, o sea que si esta persona tiene muchos bienes, no podría acceder a la jubilación parcial porque no pasaría el examen. Después, tiene que tener residencia en el país, o sea que si vos te querés jubilar proporcionalmente y te vas a ir con tus hijos a otro país, no podrías cobrarla porque tenés que tener residencia en Argentina", aclaró.

Sobre el final del diálogo, Viera dijo que cada dos años de exceso de edad se compensa uno de falta antes de servicios. "Es fraccionable también, o sea que si tenés seis meses de exceso, es tres meses de aporte. Para las mujeres esta vez sigue vigente el decreto que tiene en cuenta los hijos y se le computa un año de aporte por cada hijo".

Por último, remarcó que la ley jubilatoria no tiene modificaciones en sí. "La edad requerida para acceder a la jubilación no cambia; sigue siendo 60 años para las mujeres y 65 para los hombres. Además, aquellos que ya hayan iniciado sus trámites de jubilación antes de la aprobación definitiva de la ley (aún pendiente de aprobación en el Senado) no se verán afectados por los cambios".

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Entrevista de "Siempre Juntos".

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