Justicia
10/11/2022 | 11:16 | A pedido de la Cámara de Rosario, un juez respaldó el uso de esa figura para la persecución penal de grupos ligados al "polirrubro" delictivo, que incluye el uso de armas para el dominio territorial y la venta de drogas. Pasado con Los Monos y presente con Los Funes.
Redacción Cadena 3 Rosario
Hace 10 años, cuando la violencia explotó con fuerza en Rosario y la investigación del juez Juan Carlos Vienna encuadró como uno de los grupos protagonistas a Los Monos, les atribuyó como una novedad el delito de "asociación ilícita".
Fue la forma que encontró para marcar al incipiente crimen organizado: había roles, órdenes, trabajos pagos, comunicaciones constantes. Cómo elevaba la pena en expectativa, los abogados defensores atacaron especialmente esa figura.
A Vienna también lo atacaron personalmente, como su entonces colega Alejandra Rodenas. Sin embargo, el final de la historia es inapelable: la causa contra Los Monos fue ratificada por tribunales superiores, incluida la Corte, y algunos de sus integrantes acumularon más causas y condenas presos que en libertad.
Diez años después, el cuestionamiento de los abogados defensores de la banda de Los Funes al uso de esa figura por parte del Ministerio Público de la Acusación -y consecuente pedido de remisión al fuero federal- llevó al camarista Guillermo Llaudet Maza a formalizar un pedido de revisión de oficio.
La consecuencia fue un fallo del juez Nicolás Foppiani que mantiene la competencia provincial y refuerza la idea de trabajo conjunto con el fuero federal. Destaca, además, que la actitud de los jueces nunca puede ser en contra del interés social de investigar y juzgar delitos, "siendo irresponsable generar conflictos de competencia en contra del dictamen fiscal". Lo hizo al analizar también actuaciones de otros magistrados.
En la causa en cuestión, instruida en la Unidad de Balaceras que lidera la fiscal Valeria Haurigot, atribuyeron a Alan Funes y otros miembros los delitos de tenencia y portación de armas, amenazas, resistencia a la autoridad, intimidación pública, atentado contra la autoridad y extorsiones, hechos agravados por participación de menores. Nuevamente, para abordar las comunicaciones, órdenes, roles y eslabones, ubicaron a la banda como una "asociación ilícita". Eso impone siempre un mínimo de pena de prisión de cumplimiento en la cárcel.
De 2012 a 2022
Foppiani parece cerrar entonces una discusión que data al menos desde 2012. El juez destacó la exposición en audiencia de la fiscal Haurigot, quien sostuvo que "todas las actitudes proactivas son admisibles menos dejar en el limbo procesal una causa con avances".
"La prestación de Justicia es un servicio público cuyo deber es brindar una pronta y justa resolución del caso", esgrimió el juez Foppiani, que explicó además que "no se ciñe a una asociación ilícita dedicada al narcotráfico, sino que abarcaría un polirrubro criminal con el común denominador del dominio mediante la violencia armada y la intimidación".
Así, rechazó planteos, ordenó mantener incólume la atribución de la competencia y avanzar con audiencias en el marco de la causa, lo que además implica un fuerte antecedente.
Con información de Hernán Funes.
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