Afip denunció a Vicentin por facturas apócrifas

Medida judicial

La Corte Suprema falló a favor de Vicentin en millonaria causa contra AFIP

28/05/2024 | 17:09

El fallo del máximo tribunal del país se dio al considerar que la interpretación del Fisco Nacional no se ajustaba a la ley de impuesto a las ganancias, en una causa promovida por la cerealera.  

Redacción Cadena 3 Rosario

Facundo Díaz

La Corte Suprema de Justicia falló en contra de la AFIP en una causa promovida por la cerealera Vicentin, relativa a la determinación del impuesto a las ganancias en exportaciones de productos agrícolas a empresas independientes residentes y no residentes en países de baja o nula tributación.

Por unanimidad, el Tribunal consideró que la interpretación del Fisco Nacional no se ajustaba a la ley de impuesto a las ganancias. En el 2007, la AFIP determinó el impuesto a las ganancias de Vicentin correspondiente a los períodos fiscales 2001 y 2002.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

El monto de la diferencia fue, para el ejercicio 2001, de $ 476.334,03 en concepto de impuestos, $731.887.23 por intereses, y $952.668,06 por multa; y para el ejercicio 2002, de $14.898.848,43 (por ajuste de quebrantos).

El Tribunal Fiscal y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal dejaron sin efecto la determinación, y la AFIP interpuso recurso extraordinario ante la Corte Suprema.

La cuestión a resolver, principalmente, era si la empresa contribuyente debía ajustar los precios de las exportaciones de commodities a empresas independientes –residentes o no en países de baja o nula tributación– al índice FOB oficial que fijaba la Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca del día de la operación respectiva, en el marco del régimen de productos agrícolas previsto en la ley 21.453.

/Inicio Código Embebido/

v/Fin Código Embebido/

El Tribunal interpretó el artículo 8, inciso "a" de la ley de impuesto a las ganancias que regía al momento de los hechos y consideró que el Fisco no estaba autorizado para tomar como referencia de los precios de exportación al precio mayorista (de destino u origen) cuando el exportador pudiese efectivamente demostrar que los precios de venta pactados por él con empresas independientes eran precios de libre competencia.

Sobre esa base, consideró que la decisión de la Cámara -que valoró la prueba del expediente y concluyó que las operaciones efectuadas por la empresa se ajustaron a las condiciones normales de mercado- no fue arbitraria, sino el resultado del criterio de selección y valoración del material probatorio que corresponde a los jueces de la causa.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

En ese contexto, resolvió que no podía considerarse a los índices de precios fijados por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuicultura de la ley 21.453 de productos agrícolas como el "precio mayorista vigente en el lugar de origen" requerido por el artículo 8°, inciso a, de la ley de impuesto a las ganancias.

En efecto, la finalidad de la ley 21.453 al fijar el mencionado índice oficial no fue la de determinar la ganancia neta de fuente argentina derivada de exportaciones regulada por el citado artículo 8°, sino permitir que las ventas al exterior de productos de origen agrícola registradas quedasen sujetas a un régimen tributario, de alícuotas, aranceles y base imponible uniforme a la fecha de cierre de cada venta.

Por ello, la Corte confirmó la sentencia de la Cámara y dejó sin efecto el ajuste fiscal.

Te puede Interesar

Poder Judicial

Casa Rosada hizo llegar sus propuestas a la Cámara alta para cubrir vacantes en el máximo tribunal.

Conflicto en puerta

En su extenso voto, Lorenzetti se despachó con una pormenorizada crítica que arrancó por las razones esgrimidas para la nueva Secretaría Penal. 

Debate en el Congreso

El oficialismo recogió los pedidos el miércoles pasado y se apresta a la redacción de un nuevo texto, que será enviado en las próximas horas a los bloques dialoguistas.   

Gobierno

El presidente lo aseguró este viernes en el cierre de la edición 81° de la Exposición Angus de Otoño Indoor en La Rural convocada por la Asociación Argentina de Angus.