Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe, en sesión.
Legislatura de Santa Fe.

Institucionalidad

Santa Fe: se aprobó la reforma judicial y la Corte Suprema tendrá siete miembros

14/11/2024 | 19:51

Lo votó la Cámara de Diputados este jueves y así se amplía la actual conformación del máximo tribunal, entre otras definiciones. Al oficialismo se sumó el Frente por la Soberanía y parte del PJ.  

Redacción Cadena 3 Rosario

Este jueves, la Legislatura de Santa Fe aprobó la reforma judicial que, entre otras modificaciones, eleva de cinco a siete el número de miembros de la Corte Suprema de Justicia. Además, establece que la edad máxima para ocupar el cargo será de 75 años. La reforma fue sancionada tras un debate dividido. La Cámara de Diputados aprobó la medida con 34 votos a favor, 12 en contra y una abstención.

En el Senado, el proyecto también fue respaldado por el interbloque de Unidos, el Frente Amplio por la Soberanía (FAS) y sectores del justicialismo alineados con el exgobernador Omar Perotti. Sin embargo, el Partido Justicialista (PJ) se abstuvo en su mayoría, con el rechazo de algunos de sus bloques más importantes, incluidos los de las diputadas Lucila De Ponti, Alejandra Rodenas, Verónica Baró Graf y Miguel Rabbia, así como de los bloques "celestes".

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Corte: condiciones y funcionamiento. La reforma establece que la Corte Suprema de Justicia estará conformada por siete miembros, uno más que la composición actual, y que el límite de edad para ocupar el cargo será de 75 años. La ley también introduce la posibilidad de que la Corte celebre audiencias públicas, con el objetivo de aumentar la transparencia y acercar sus decisiones al escrutinio público.

En cuanto a la paridad de género, la reforma mantiene el principio contenido en el artículo 11 Bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta disposición busca garantizar que los nombramientos de ministros y procuradores reflejen la diversidad de género y especialidades, y promover una mayor inclusión de mujeres en los cargos de poder judicial.

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Especificidades de designación y quórum. La ley también modifica el artículo 11 de la Ley N° 10.160, que regula la composición de la Corte, para establecer que se requerirá un quórum de al menos cuatro miembros para que el tribunal funcione válidamente. En cuanto a las decisiones, para que un fallo sea considerado válido, deberá contar con la mayoría de los votos de los ministros presentes.

Además, el proyecto establece que la Corte podrá convocar audiencias públicas, con el fin de fortalecer la transparencia y la calidad institucional. Las audiencias se celebrarán bajo la disposición de la mayoría de los ministros y estarán regidas por una reglamentación específica que garantizará la participación ciudadana.

Rendición de cuentas. Entre las principales novedades de la reforma también se encuentra la obligación de que los miembros de la Corte y demás funcionarios del Poder Judicial publiquen anualmente un informe de gestión en el portal web del Poder Judicial. Esto responde a los principios de transparencia y gobierno abierto.

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Asimismo, se impone la obligación de que todos los integrantes del Poder Judicial, incluidos los ministros de la Corte y el procurador general, presenten declaraciones juradas patrimoniales y de incompatibilidad antes de asumir el cargo y cada vez que se produzcan alteraciones en su situación laboral o patrimonial. También deberán cumplir con un horario laboral diario establecido por la Corte.

Secretarías y nuevas estructuras. En cuanto a la estructura interna, la Corte contará con dos Secretarías: una técnica y otra de Gobierno, cada una con su correspondiente prosecretaría en las ciudades de Santa Fe y Rosario. Este cambio tiene como objetivo agilizar la gestión interna y mejorar la eficiencia administrativa.

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