Escenario optimista
03/12/2022 | 13:30 | Los datos surgen de un relevamiento que realizó el Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos (CIPDH–UNESCO) en cuanto a la legislación que poseen los países.
Redacción Cadena 3
Por María José Arrieta
Un informe divulgado por el Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos (CIPDH–UNESCO), en el marco del Día Internacional de las Personas con Discapacidad, señala que Argentina es el Estado Nación que posee el marco legislativo más abarcativo para personas con discapacidad en toda América Latina.
En diálogo con Diversidad, Fernanda Gil Lozano, directora Ejecutiva del CIPDH dijo que los datos se desprenden de un relevamiento de las leyes que se han dictaminado en el país y destacó que tenemos "una legislación de avanzada para le región y el mundo", aunque remarcó que el problema es la falla para hacerlas cumplir.
"Las leyes son la herramienta para lograr ese cambio para personas con discapacidad que tienen diferentes inconvenientes, pero las leyes están. Acá tenemos que ver cómo hacemos para que se cumplan", remarcó.
"Argentina tiene desde su constitución una idea muy fuerte para la promoción de la igualdad", valoró y destacó las leyes que ha desarrollado el país y por las que continúa trabajando.
"Me parece que ahí cubrimos un montón de cosas, ahora ¿eso se aplica en todas partes de la Argentina de la misma manera? No", cuestionó y aseguró que esta problemática también pasa en otros países.
"Las distintas ONG tienen un montón de demandas con toda la razón del mundo y eso hay que solucionarlo. Con que cumpliéramos todas las leyes sería muy bueno, pero no somos el único caso en el que esto pasa", analizó.
¿Cuáles son las leyes por las que destaca Argentina?
El informe señala que Argentina continúa a la vanguardia en la región en cuanto a la normativa y defensa de los derechos de las personas con discapacidad y que el país cuenta con más de una decena de leyes y otros tantos proyectos avanzados que buscan garantizar la inclusión social y la protección de los derechos de los más vulnerables.
¿Dónde están esas leyes y qué dicen? La Constitución Nacional ordena en su artículo 75 “legislar y promover” acciones positivas que garanticen la “igualdad real de oportunidades y trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos”, abarcando, en particular, a personas con discapacidad, niños y mujeres.
A nivel internacional, en 2006 la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. El Congreso argentino adhirió a la misma dos años más tarde, a través de la Ley 26.378.
Algo similar ocurrió con la Ley 25.280 del año 2000, que le dio carácter constitucional a la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.
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En términos de salud, Argentina cuenta con un sistema de prestaciones básicas de atención creado por la Ley 24.901. Para acceder a la misma, los beneficiarios deben contar con el Certificado Único de Discapacidad (CUD), previsto por las leyes 22.431 y 25.504. Ese documento habilita también a viajar en los distintos tipos de transporte colectivo terrestre sin costo alguno (Ley 25.635). La normativa permite el libre tránsito y estacionamiento, y concede la eximición del pago de peajes y otros impuestos. A su vez, el portador del CUD tiene derecho a cobrar asignaciones familiares por discapacidad.
En cuanto al mercado laboral, la Ley 25.689 establece un Cupo Laboral Obligatorio del 4 % para las empresas que presten servicios públicos privatizados y entes públicos no estatales.
En lo que respecta a la accesibilidad a la información, el artículo 66 de la Ley 26.522 dispone que todos los contenidos audiovisuales deberán incorporar un subtitulado oculto, lengua de señas y audio descripción. A su vez, la Ley 26.653 establece que todos los organismos del Estado, las empresas estatales y las privadas concesionarias de servicios públicos “deberán respetar en los diseños de sus páginas web las normas que faciliten el acceso a sus contenidos a todas las personas con discapacidad”.
En tanto, la Ley Nacional de Educación, la 26.206, contiene un capítulo dedicado a la Educación Especial, entendida en esta norma como una “modalidad del sistema educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidad” y, finalmente, la Ley 25.730 de Programas y Proyectos a favor de las personas con discapacidad ordena financiar las actividades de promoción de derechos.
Por último destaca que Argentina busca sostener su alto nivel en la materia, dado que hace pocos días la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción a la Ley de Lengua de Señas Argentina, que busca reconocer a la LSA como una lengua natural y originaria, y que garantiza su participación e inclusión plena.
Además, el Poder Ejecutivo está avanzando con consultas federales y audiencias públicas sobre el proyecto de la nueva Ley de Discapacidad, que propone ser una Ley de Derechos Humanos, con perspectiva de género, interseccional e intercultural, que se ampare en los lineamientos del Modelo Social que entiende a la persona primero en el reconocimiento de sus derechos humanos, civiles, políticos y de libertades fundamentales.
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Se tratará de una ley que promueva diseños universales de todos los entornos y que entienda a la persona con discapacidad como sujeto activo de la vida en sociedad en todas sus esferas, con el objetivo de efectivizar el cambio de paradigma desde el cual se aborda la discapacidad, consolidando un marco normativo que interpele a la sociedad en su conjunto para lograr la inclusión plena.
Por todo ésto, Gil Lozano señaló que “Argentina está muy bien posicionada internacionalmente en cuanto a la defensa de los derechos de las personas con discapacidad”, aunque reconoció que “hay que seguir trabajando fuerte para que los gobiernos de todos los países reconozcan la problemática y trabajen en pos de una sociedad 100% inclusiva”.
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