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Golpe al bolsillo

El Gobierno aprobó los nuevos cuadros tarifarios de luz y gas para octubre

01/10/2024 | 10:50

En las normas reglamentarias se especificó que "la tarifa a usuario final deberá ser incrementada en un 2,7%".

Redacción Cadena 3

El Gobierno aprobó este martes los nuevos cuadros tarifarios de luz y gas que regirán desde octubre, haciendo efectivo el traslado a las facturas de la actualización de los precios estacionales de la energía dispuesto previamente por la Secretaría de Energía.

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), convalidó la actualización del esquema tarifario de la luz que aplicarán desde este mes las distribuidoras Edenor y Edesur en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), mediante las Resoluciones 697 y 698/2024 publicadas en el Boletín Oficial.

En las normas reglamentarias se especificó que "la tarifa a usuario final deberá ser incrementada en un 2,7%, debiéndose entonces reflejar de ese modo las actualizaciones de los precios PEST y las tarifas de transporte y distribución de energía eléctrica en su incidencia correspondiente para alcanzar tal resultado".

Como se explica, queda efectivizado el traslado a las facturas del ajuste en el Precio Estacional de la Energía Eléctrica (PEST), que la Secretaría de Energía fijó a partir de octubre entre $63.187 y $66.885 por kWh para los usuarios de ingresos altos y comercios e industrias.

De esta manera, el texto oficial precisó que "en octubre 2024 la factura promedio antes de impuestos de los usuarios R-Nivel 1 altos ingresos, R-Nivel 2 ingresos bajos y R-Nivel 3 ingresos medios aumentan en promedio con respecto al cuadro vigente a septiembre 2024 un 2,7%".

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Además, se aclaró que este mes los usuarios de ingresos medios de los segmentos R1 y R2 que consumen hasta 400 kWh/mes abonarían en promedio un 43% menos que los usuarios de ingresos altos de los mismos segmentos, mientras que los de ingresos bajos abonarían un 55% menos que los consumidores N1 en los mencionados segmentos.

En este aspecto, el ENRE puntualizó que en el nivel de ingresos bajos de los segmentos R1 y R2 se ubican 815.000 usuarios, lo que representan el 35% de los usuarios de Edesur, mientras que en Edenor hay 900.000 usuarios en dicha categoría, lo que equivale al 34% del total de la compañía.

El organismo también comunicó los nuevos cargos de transporte establecidos en el Contrato de Concesión para cada tipo de equipamiento y tensiones que regirán desde octubre junto con el Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas que se aplicarán a las transportistas Transcomahue, Transnea, Transnoa, Transba, Transpa, Epen, Distrocuyo y Transener.

El Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), por su parte, dio el visto bueno a los nuevos cuadros tarifarios de transición que aplicarán desde octubre las empresas Metrogas, Transportadora de Gas del Sur, Transportadora de Gas del Norte, Camuzzi Gas del Sur, Camuzzi Gas Pampeana, Distribuidora de Gas Cuyana, Distribuidora de Gas del Centro, Naturgy Ban, Naturgy Noa, Litoral Gas, Gas Nea y Redengas.

Al igual que en el caso de la electricidad, en el aumento del gas incide la actualización de los precios estacionales que determinó que "las tarifas de transporte y distribución deberán ser incrementadas en un 2,7%; y el precio PIST deberá ser reducido en un 10,37%".

De esta manera, se consuma el traslado a las facturas del costo promedio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de transporte que pasó de estar en US$3,46 por millón de BTU a ubicarse entre 2,979 USD/MMBTU y 3,148 USD/MMBTU, según distribuidora. En tanto el promedio país quedó en US$3,09 por millón de BTU.

El traslado de la reducción en los valores de producción de gas se realizará para los usuarios residenciales N1 (ingresos altos) y los sectores productivos (comercios y pequeñas industrias), mientras que para los usuarios N3 (ingresos medios) y N2 (ingresos bajos) se siguen manteniendo las bonificaciones del 55% y 64% sobre el consumo subsidiado, respectivamente.

El ente regulador estableció que los nuevos valores de las tarifas deberán ser publicados por las empresas licenciatarias "en un diario de gran circulación de su área licenciada, día por medio durante por lo menos 3 días dentro de los 10 días hábiles" de la autorización.

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