Polémico fallo
11/04/2022 | 20:10 | Alejo Ramos Padilla dijo que archivó la causa porque no hubo acusación fiscal y el conflicto se encauzó en un diálogo con el Estado, dueño del predio. “La información brindada es falsa, maliciosa e irresponsable”, se quejó.
Redacción Cadena 3
El juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, aclaró que el fallo que archivó las actuaciones por una toma pacífica de terrenos fiscales en Los Hornos no se debió a que la ocupación se produjo "durante el día", sino porque no hubo acusación fiscal y el conflicto se encauzó en una mesa de diálogo con la anuencia del Estado nacional, dueño del predio.
"La idea que se difundió en torno a que la ocupación del predio de Los Hornos sería legal porque se hizo ‘durante el día’ es falsa y no responde a lo sostenido en el fallo", indicó Ramos Padilla en una resolución aclaratoria firmada este lunes.
"La información que se ha brindado del contenido del fallo es maliciosa e irresponsable", insistió, y denunció que esa interpretación sólo genera "más distanciamiento entre el contenido de la resolución y lo que ‘dicen que dice’ la resolución".
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"El horario en que las familias de los asentamientos linderos ingresaron por primera vez al predio nacional poco o nada tiene que ver con las consideraciones que llevaron a este juez a resolver el archivo de la presente causa", aclaró Ramos Padilla, en una resolución de ocho páginas.
"Decir que el fallo otorga una ‘carta blanca’ para la toma de tierras o que las tomas hechas durante el día no son delito es un acto de irresponsabilidad que debe ser aclarado, porque se basa en premisas falsas", repitió.
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La aclaratoria subrayó que, en torno a la ocupación del predio, que es previa a su asunción como juez federal de La Palta, "no existía –ni existe hoy– acusación por parte del Ministerio Público Fiscal hacia ninguna persona a quien se le imputara la comisión de un delito".
"Por el contrario, sólo se encontraba corroborada la existencia de cientos de familias de escasos recursos que viven y ocupan el predio del Estado Nacional, que fue cedido parcialmente para llevar adelante un proyecto de urbanización a través de los órganos administrativos pertinentes", puntualizó.
El punto no es menor, ya que, según la resolución, "los jueces únicamente pueden actuar si existe impulso previo por parte del Ministerio Público Fiscal en el que debe identificarse a quienes se considera responsables de la comisión de algún delito previsto en la ley", lo que no ocurrió en este caso.
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"En la resolución, se tuvo en cuenta que tanto el titular del inmueble como los ocupantes habían entablado un diálogo democrático tendiente a la solución del conflicto social y habitacional, por lo que no existe un conflicto actual o un perjuicio al titular de los derechos, que por el contrario tomó la decisión de llevar a cabo allí un proyecto urbanístico y de políticas públicas para atender los derechos de las personas que allí residen", insistió Ramos Padilla.
En ese contexto, defendió su decisión al recordar que "en antecedentes recientes y similares, tales como la toma del Parque Indoamericano, la intervención de la Justicia Penal arrojó como resultado trágico tres víctimas fatales (sic) y graves heridos”.
Luego de esa trágica experiencia del Indoamericano, en ese mismo expediente, la jueza a cargo señaló que la solución de un conflicto de esta índole “debe ser política y, dada su naturaleza específica, corresponde que sea resuelta por un organismo con facultades para dar respuesta a una problemática como la que se suscita".
La toma del Parque Indoamericano ocurrió el 3 de diciembre de 2010, cuando el jefe de gobierno porteño era Mauricio Macri.
En el operativo para despejar el predio, murieron Bernardo Salgueiro, Rossemary Chura Puña y Emiliano Canaviri Álvarez.
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