Tarifas reducidas
01/01/2021 | 14:39 | Se determinó a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20. Es para celulares, telefonía fija, conexión fija a internet y TV por suscripción.
El objetivo del Plan Básico Universal Obligatorio (PBU) es favorecer la universalización del acceso a esos servicios por parte de los sectores con menores ingresos y la población vulnerable, estimada en más de 10 millones de personas.
Así, pueden acceder al plan jubilados y pensionados, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
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También, trabajadores en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos; beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo; pensiones no contributivas; monotributo social; beneficiarios de seguro de desempleo y del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares.
EL PBU beneficia, asimismo, a usuarios que perciban una beca del Programa Progresar; personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal; clubes de barrio; Asociaciones de Bomberos Voluntarios y entidades de bien público.
La información sobre el precio para las PBU deberán ser comunicadas a los usuarios por las licenciatarias obligadas a través de las facturas, las páginas web institucionales y todas las redes sociales y canales mediante las cuales se comuniquen con sus clientes y/o publiciten sus servicios, de acuerdo con lo dispuesto oficialmente.
Los prestadores obligados podrán solicitar la actualización de los precios de manera cuatrimestral, tomando como referencia las variables de ajuste aplicadas a la AUH.
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