Nueva ley
16/10/2024 | 08:34
Redacción Cadena 3
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Divorcio exprés: preocupación por la falta de asesoramiento legal
El Gobierno nacional presentó un proyecto para modificar el artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación, centrándose en la disolución del matrimonio, lo que se conoce como divorcio exprés. Este cambio propone que el divorcio pueda gestionarse en sede administrativa, facilitando el proceso para los cónyuges.
El juez de familia de Córdoba, Gabriel Tavip, aclaró en diálogo con Cadena 3 que el divorcio exprés ya existe. Actualmente, se puede solicitar el divorcio sin necesidad de causas en un ámbito judicial.
La modificación permitiría que, en ciertas situaciones, el divorcio se realice en un Registro Civil.
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Con el nuevo proyecto, si ambos cónyuges están de acuerdo, pueden acudir al Registro Civil para concretar el divorcio sin la intervención de abogados o jueces.
Esta simplificación busca hacer el proceso más accesible.
Tavip expresó su preocupación sobre la falta de asesoramiento legal en este nuevo enfoque y resaltó que la ausencia de un abogado podría dejar a uno de los cónyuges, generalmente el más desfavorecido, sin el conocimiento de sus derechos.
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Tavip enfatizó que el director del Registro Civil no tiene la capacidad de detectar situaciones de violencia entre los cónyuges. Esto plantea un riesgo significativo si uno de los cónyuges se encuentra en una posición vulnerable.
Una posible solución, según el juez de Familia, sería informar a los cónyuges sobre sus derechos en el Registro Civil, similar a lo que ocurre en las ceremonias de matrimonio.
Esto incluiría la compensación económica y otros derechos que podrían ser reclamados tras el divorcio.
Tavip mencionó que, aunque existen ejemplos en México y Bolivia, en estos hay ciertas limitaciones y no carecen de asesoramiento legal, lo que diferencia la propuesta argentina.
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Entrevista de Miguel Clariá.
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