Corrupción
17/12/2021 | 09:38 | El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta dictó sentencia para el ex intendente Jorge Enrique Prado, el empresario mendocino Diego Andrés Alos y el encargado de ejecutar el robo Adrian Antonio Vera.
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El Tribunal Oral Federal Nº 2 de Salta condenó al ex intendente de Aguaray Jorge Enrique Prado a 6 años y 6 meses de prisión domiciliaria e inhabilitación absoluta por el delito de robo agravado en despoblado y en banda.
En tanto que, el empresario mendocino Diego Andrés Alos fue condenado a 6 años de prisión domiciliaria como coautor del delito de robo agravado en despoblado y en banda. A Prado y Alos los custodiará Gendarmería hasta que se les coloque una pulsera electrónica.
El encargado de ejecutar el robo, Adrián Antonio Vera (arrepentido/colaborador) fue condenado a 3 años y 8 meses de prisión por el delito de robo agravado en despoblado y en banda en concurso real con uso de documento falso y adulterado. Con prisión preventiva en el servicio penal federal, por haber estado prófugo.
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La resolución del T.O.F 2 ordena que los 252 caños recuperados, serán trasladados desde las dependencias del Estado Nacional y devueltos a la firma Estatal Integración Energética Argentina Sociedad Anónima, ex ENARSA. También la devolución a Prado de U$S 500 y $13.000 encontrados en su caja fuerte durante los allanamientos en Aguaray. y la restitución de teléfonos celulares y elementos informáticos incautados a Prado y Alos.
Si bien el fiscal federal Eduardo Villalba había solicitado la pena de 8 años de prisión efectiva para Jorge Enrique Prado, igualmente se mostró conforme con la sentencia porque “los tres responsables principales del robo de los caños fueron sentenciados, pusieron en marcha un plan criminal para robarse los caños”, indicó a Cadena 3.
Anticipó que revisará las siete absoluciones dictadas, para definir si es necesario recurrir la sentencia. Señaló, además, que el plan consistió en la gestación de la Resolución Municipal N°1.215, le dio el “ropaje legal” al traslado de los bienes que tenían proyectados saquear de una planta petrolera instalada en la finca de Ñacatimbay, en la localidad de Aguaray, que se frustró por la férrea resistencia del administrador de esa propiedad.
En este marco, el fiscal federal dijo que la domiciliaria a Alos y Prados fue porque siempre estuvieron a derecho, por lo que podrán acogerse al beneficio de la prisión domiciliaria hasta que Casación deje firme la sentencia.
En el mismo sentido se expresó el querellante Sebastian Schmidt, representante de las firma IEASA, quien había solicitado una pena de 10 años de prision para Prado y 7 para Vera y Alos.
"Estamos conformes porque se trata de una pena que ha sido dada de manera fundada", dijo y agregó que, de todas maneras, están evaluando con la empresa si van a impugnar o no ese monto de pena.
"Se trata de personas sin antecedentes penales y fácil reinserción futura, por eso las penas se acercaron más al mínimo", indicó.
En cuanto a los caños robados, dijo que tienen seis meses para retirar los caños en los distintos puntos donde se encuentran secuestrados.
"No pueden volver a ser utilizados para gasoductos porque están adulterados. Al estar sin el debido cuidado, se puede haber perdido la calidad que los estándares requieren para la utilización en un gasoducto", cerró.
Informe de Elisa Zamora
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