Fallo a favor de la madre
18/03/2021 | 07:27 | Mariana Wallace, jueza de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género, contó a Cadena 3 que la clínica en cuestión debe amoldar sus protocolos a la Ley de Parto Respetado.
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Una mujer sufrió violencia obstétrica en Córdoba
La jueza relató que la mujer en cuestión "transitó en la clínica un proceso de parto deshumanizado y deshumanizante. El comportamiento de la clínica con posterioridad a tal evento, que gira en torno a la entrega de los restos del alumbramiento sin vida y la documentación correspondiente, fue cuando menos negligente y cruel”.
El hecho ocurrió en 2017, cuando entonces la madre tenía 19 años, la demanda se radicó en 2019 y fue recién en febrero de este año que la resolución tuvo sentencia firme.
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"Es una situación que no es el ámbito de trabajo, no juzgamos la mala o buena praxis del personal médico, esto es materia de violencia de género, o eventualmente, daños y perjuicios", expresó la jueza a Cadena 3.
En la declaración se constató que en el nosocomio se realizaron prácticas obstétricas sin previa consulta y sin ofrecer ningún tipo de información sobre sus implicancias, que dejó como consecuencias una infantilización de la paciente, que anuló e inhibió todas sus posibilidades de tomar decisiones sobre su salud sexual y reproductiva.
"Durante el proceso de un alumbramiento de un feto sin vida, esta joven madre no fue tratada correctamente, la demanda que se presenta, con todo el informe médico del caso, permite rearmar la situación del alumbramiento, con escenarios concretos", explicó la letrada.
Y agregó que "de ahí surge que los derechos de las mujeres en oportunidades de parto, con alumbramiento con o sin vida, no habían sido resguardados en este caso". Por ejemplo, el derecho de ser informada de la situación de salud y de las alternativas médicas, en este caso no le dijeron que el feto estaba sin vida", contó.
En qué consiste el parto humanizado
"El parto humanizado es un nombre que puede confundir, pero es algo que está reglado: es aquel donde se respetan pautas específicas, por ejemplo, estar acompañada de una persona de su confianza, que fue lo único que se cumplió en este caso, o no ser separadas de los hijos, como ocurre con las comunidades wichis", señaló.
Y agregó que "dentro de los derechos de las mujeres en situación de parto, tiene que ser singularizada la atención".
En este sentido, explicó que si bien "todos los sanatorios tienen su protocolo", estos "deben adaptarse a la Ley Nacional" y "deben respetarla toda, no en parte, y ser aplicada a todo el universo del paciente que se aplican".
La palabra de la clínica
Tras el fallo, la clínica dio su versión de los hechos y aclaró que no recurrirá a la sentencia.
"Respetar a la mujer y su embarazo es una premisa básica de nuestra institución. Por eso, la pérdida de un embarazo en curso es una situación que siempre se lamenta", aseguraron en un comunicado.
"Lamentamos lo ocurrido con la paciente y la acompañamos en su dolor". Por otro lado, afirmaron que en la clínica "existen protocolos internos que se condicen con los estándares protectorios hacia la mujer", agregaron.
Y aseveraron que, a su entender, "el proceder profesional y humano fue correcto y adecuado".
Entrevista de Miguel Clariá.
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