Contradicciones en el decreto de control de precios (por Guillermo López)

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Contradicciones en el decreto de control de precios

10/04/2020 | 15:30 | El especialista en derecho tributario, Arnaldo Romero, dijo a Cadena 3 que hay puntos que presentan dificultades para determinar quién va a ser la autoridad a cargo de la sanción.

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Contradicciones en el decreto de control de precios (por Guillermo López)

El especialista en derecho tributario, Arnaldo Romero, advirtió en Cadena 3 que es confuso y contradictorio el decreto de necesidad y urgencia que modifica la Ley de Defensa de la Competencia y declara como Autoridad de Aplicación a los intendentes para que apliquen sanciones en los comercios de sus distritos.

El documento fue anunciado por el Presidente el domingo pasado y según explicó Romero, “viene a regular algunas cuestiones que ya estaban previstas en la Ley 20.680 de abastecimiento, pero el anuncio había girado en torno a la Ley de Defensa de la Competencia y dijo que iba a instruir como autoridad de aplicación a los intendentes”.

Sin embargo, señaló que se le atribuye a los intendentes una facultad prevista en el artículo 15, “de instruir este tipo de sumarios que luego van a ser resueltos por la actividad de aplicación que es la Secretaría de Comercio Interior”.

También recordó que las secretarías de comercio provinciales deben instituir un órgano administrativo para cuando el comercio afecte a su jurisdicción, pero en este momento “para que el Estado llegue a cada jurisdicción, barrio o distrito” es mejor que operen los intendentes.

“Cuando afecte al comercio provincial en ese caso serán juzgados por los órganos que la provincia determine, pero se pueden presentar dificultades como no saber quién va a resolver esto”, planteó.

En esa línea insistió en que “la autoridad, según la norma, es la Secretaría de Comercio”, pero eso nos lleva a un problema mayor que viene de larga data y es que esa ley hizo una delegación permanente en el Ejecutivo para ver quien resuelve esos temas”.

Lo que está previsto en la Ley de Abastecimiento es facultad de Comercio y siempre que estamos en emergencia el Ejecutivo trata de regular, por eso se vuelve confuso y contradictorio

“Pensemos que si los intendentes o todas las autoridades comunales salen a hacer este tipo de procedimientos van a seguir el trámite previsto en la ley, con un acta de comprobación y ofrecen a los sujetos la posibilidad de ejercer el derecho de defensa, pero al momento de resolver no saben si esto afecta al territorio nacional o tiene que resolver la Secretaría de Comercio Interior o si afecta a las provincias”, ejemplificó.

“Se van a plantear miles de situaciones que no se saben quién va a terminar sancionando”, cerró.

Entrevista de Guillermo López.