Recomendaciones para circular por la ciudad sin realizar infracciones.

Arrancan las fotomultas

El verdadero o falso de las multas de tránsito

17/10/2022 | 10:19 | El abogado especialista en infracciones, Gonzalo Iezzi dialogó con Cadena 3 Rosario y brindó tips para circular por la ciudad. 

Redacción Cadena 3 Rosario

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Recomendaciones para circular por la ciudad sin realizar infracciones.

Este lunes en Rosario comenzó a funcionar el sistema de videocontrol de infracciones en calles y avenidas. Siempre Juntos entrevistó a Gonzalo Iezzi, abogado especialista en infracciones para conocer tips en conducción segura.

¿Las multas prescriben?. El plazo de prescripción es de 5 años, esto no opera de oficio hay que pedirlo. La notificación de la infracción original es a través de papel o electrónica, pero en el medio pueden intimarlo y si esto sucede se vuelven a contar los 5 años.

Las fotos sirven. En algunas infracciones es necesaria la fotografía, en otras no.

Mi palabra contra la del agente de tránsito. La palabra del agente de tránsito predomina porque es el que tiene la autoridad. La persona tiene que demostrar que no hizo la infracción.

Me pasé por poco la velocidad máxima. Lo tolerable es un diez por ciento de lo que indica la velocidad máxima, por lo que sí es de 60 km/h se puede recurrir hasta los 66 km/h. Te pueden hacer la multa, pero se puede discutir y hacer un descargo. También hay que tener en cuenta que el margen de error de los cinemómetros es de 3 km por hora.

Estaciono solo por 5 minutos. Detenerme y estacionar por 5 minutos, es falso. Pasa mucho en la puerta de los colegios. No podés estar un tiempo porque entorpeces el tránsito.

Estacionar en mi cochera. Es falso porque es una vía pública, por más que sea la entrada de tu casa.

Si estoy en el auto no me lo pueden llevar. Dentro del auto no pueden llevar a la persona con el auto porque te estarían secuestrando, te hacen la infracción, obviamente.

Estacionar en la zona pintada de amarillo, no hace falta que este señalizado si es un lugar que sabemos que no se puede estacionar, pueden hacer la multa.

Cartelería vs Agente de tránsito. Todo lo que dice el agente de tránsito predomina sobre lo que dice la cartelería.

La senda peatonal no está marcada. Si bien debería estarlo, puede ser motivo para discutir la infracción, si es que no está debidamente demarcada.

Descargar mercadería. No se puede estacionar en cualquier lado. Deben buscar un lugar correcto para estacionar y hacer ese trabajo.

Cartelería. No hace falta avisar con cartelería en dónde se encuentran los radares.

Personas con discapacidad. Tiene permisos que les permiten estacionar donde no se puede, pero no es un permiso absoluto.

El pago voluntario implica reconocer la infracción por eso paga un 50% del valor de la multa, si hace el descargo pierde ese derecho.

Cruzar en rojo por peligro. En zonas inseguras, se tiene que respetar el tránsito la respuesta es sí. Si tiene infracción se podrá hacer el descargo y el juez deberá interpretar esa situación y juzgará.

¿Cruzo o no?. Para iniciar el cruce de una intersección una persona tiene que estar segura que lo puede terminar, sino está en infracción.

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