Nuevas formas de familia
23/11/2021 | 13:19 | Un hombre tramitó la información sumaria de su pareja fallecida y, a la semana, volvió afirmando que en realidad eran una "trieja" y que el tercero había fallecido sorpresivamente de Covid.
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Desestiman poliamor como causa para cobrar dos pensiones
En Salta se presentó el primer planteo de poliamor por el cual un hombre intentó cobrar la pensión por sus dos parejas convivientes.
En el caso se tramitaron dos informaciones sumarias. Una estuvo destinada a probar una relación monógama y en la segunda causa se buscaba acreditar que en realidad se trataba de una trieja, es decir una relación poliamorosa.
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La jueza de primera instancia de Personas y Familia de Segunda Nominación de Orán, Ana María Carriquiry, dijo a Cadena 3 que en primer instancia hizo lugar a un pedido de información sumaria iniciada en una causa de una “trieja” o poliamor” iniciada por "Joaquín" (nombre ficticio) para acreditar la convivencia continuada e ininterrumpida desde 1983 con "Marcos" (nombre ficticio) que falleció en 2020.
Pero cuando Joaquín inició posteriormente una nueva información sumaria, para acreditar la convivencia continuada e ininterrumpida con "Daniel" (nombre ficticio), no hizo lugar al pedido.
"Se presentó un señor iniciando una información sumaria a fin de acreditar que convivía con otro señor hace 35 años. A las dos semanas de la sentencia se vuelve a presentar diciendo que en realidad eran tres con quien vivía hacía 15 años y que había fallecido esa semana sorpresivamente por Covid", relató la letrada.
Y explicó el motivo de su fallo: "Considero que se deben respetar todas las nuevas formas de familia, pero el tercero estaba vivo cuando se hizo la primera información sumaria y no vino a solicitar la pensión. No me niego a abrirle la puerta a esta figura, pero la prueba no es convincente", explicó a Cadena 3 la jueza.
Según el pedido del hombre que pretendía cobrar la pensión, Joaquín y Marcos convivían desde 1983 y en 2005 incorporaron a Daniel, formando una unión poliamorosa. Pero Daniel murió en julio pasado, razón por la que Joaquín inició los trámites para acceder a la pensión.
La jueza recordó los alcances del poliamor donde los vínculos son flexibles sin control y exigencia. Y que hay antecedentes en Colombia donde se falló a favor de una unión poliamorosa, reconociendo en el caso el derecho de los dos hombres a cobrar por partes iguales la pensión de su tercera pareja.
La jueza advirtió que si bien se inclina por el reconocimiento de todas las formas de familia, “en la presente causa, no se encuentra acreditado, en el grado de convicción suficiente, que estemos ante un vínculo poliamoroso”, coincidiendo con fiscalía en cuanto a que de la prueba aportada no se encuentran acreditados los extremos para que la información sumaria pueda prosperar. Más aún cuando en la primera información sumaria nada se dijo sobre una tercera persona en la relación.
Es el primer caso que llega al estrado judicial argentino, aunque la jueza dijo que hay un precedente en un caso en Colombia donde se falló a favor de una unión poliamorosa, reconociendo en el caso el derecho de los dos hombres a cobrar por partes iguales la pensión de su tercera pareja.
Informe de Elisa Zamora.
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