Aceite de coco

Alerta a la población

ANMAT prohibió un aceite de coco y dos equipos médicos

06/10/2020 | 07:17 | Ambas disposiciones que impiden la comercialización en todo el país fueron publicadas en el Boletín Oficial. En la nota, los detalles.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización en un aceite de coco por no cumplir la normativa alimentaria vigente.

Mediante la Disposición 7112/2020, publicada este martes en el Boletín Oficial, se informó la prohibición de la venta del aceite de coco marca "SATTVIKKO".

La denuncia contra el "Aceite de Coco Neutro Orgánico, marca SATTVIKKO, por 660 cc" la inició un consumidor que al comprar el producto se encontró con que no se exhibía en su rótulo la información obligatoria (Lote, RNE, Razón Social, entre otros).

La investigación determinó que "por carecer de registros de establecimiento y de producto" al aceite de coco investigado se lo considera "como un producto ilegal".

En consecuencia, la ANMAT dispuso: "Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto 'Aceite de Coco Neutro Orgánico, marca SATTVIKKO' por carecer de autorización de producto y establecimiento, resultando ser en consecuencia ilegal".

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A través de la Disposición 7216/2020, publicada este martes en el Boletín Oficial, se prohibió la venta y comercialización de un producto quirúrgico luego de una denuncia de la importa oficial del producto.

"Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: "ETHICON ENDO-SURGERY, código CDH29A, serie e6e12b1, lote N4M27J" y "ETHICON ENDO-SURGERY, código CDH29A, serie 08c6356, lote N4LN22", sin datos de importador en la República Argentina", se informó en el Boletín Oficial.

Las acciones se iniciaron porque ese producto lo importa en el país la firma Johnson & Johnson Medical SA, que informó que detectó la comercialización de los mencionados productos por fuera del canal oficial de venta.



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Producto ilegal

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La medida responde a que el producto carece de autorización de establecimiento y está falsamente rotulado al consignar un número de RNE inexistente, resultando ser "en consecuencia, ilegal".