Efectos de la cuarentena
21/05/2020 | 18:24 | La Defensoría del Pueblo difundió la manera prevista por el Enargas para realizar el trámite. Es para adecuar la facturación, ya que la misma se aplicará de manera estimada. En la nota, los detalles.
La Defensoría del Pueblo de Córdoba recomendó hacer uso de la alternativa prevista por el Ente Nacional de Regulación del Gas (Enargas) para adecuar la facturación de los meses de mayo y junio de usuarios residenciales nuevos, pymes y comercios que reciban las facturas con consumo estimado.
En el marco de la cuarentena, las prestadoras de servicios tienen algunas complicaciones para efectuar la lectura de medidores de gas en comercios y hogares, por lo que, en algunos casos, la facturación de los periodos mayo y junio se hará en base a un consumo estimado.
Son varios los usuarios que consultaron a través de los canales virtuales dispuestos por la Defensoría del Pueblo por este tema, por lo que se pone a disposición la información necesaria a continuación:
El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) estableció, a través de las resoluciones Nº 25/2020 y 35/2020, el procedimiento de facturación que deberán aplicar las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes.
Las resoluciones indican que el cálculo tarifario de consumo estimado, que haga la empresa proveedora del servicio, deberá tomar el menor consumo de igual período de los últimos tres años, es decir, el monto más bajo de mayo y junio de 2017, 2018 o 2019.
No obstante, el estimado puede ser inexacto, ya sea porque la pyme o comercio mermó mucho el consumo en función de la cuarentena o porque se trata de un usuario residencial nuevo con menos de un año como titular del servicio.
Entonces, si un usuario recibe su factura y considera que ese consumo no le corresponde, es excesivo o el cálculo pertenece a un cliente anterior, debe realizar una declaración jurada ante la prestataria, informando el consumo real.
Lo mismo ocurre para pymes o pequeños comercios que, ante la situación de aislamiento, no se encuentran en actividad y reciben facturaciones estimativas.
En estas situaciones, la Distribuidora de Gas del Centro (Ecogas) deberá ajustarse a lo declarado por el cliente y luego constatar lo informado realizando la medición concreta, según lo indicado en las resoluciones del Enargas.
Una vez superado el período de emergencia, cuando Ecogas realice las mediciones reales de consumo, podrán surgir diferencias.
Si al facturar con la lectura real surge diferencia a favor del usuario, el monto resultante deberá ser reintegrado en la factura siguiente y en una única vez.
En caso de existir diferencias a favor de Ecogas, el usuario abonará la diferencia en tres cuotas a partir de la facturación del 1/9/2020.
¿A quiénes alcanza esta medida?
- Usuarios residenciales nuevos (con menos de un año como usuarios del servicio) que reciban la facturación con consumo estimado.
- Pymes y comercios que reciban la facturación con consumo estimado.
Si bien el trámite no es obligatorio, desde la Defensoría del Pueblo se recomienda que quienes están alcanzados por esta medida lo realicen. En el caso de los usuarios residenciales, es para evitar que la medición real del consumo post pandemia produzca que los montos de las facturas sean excesivos e impacten negativamente en la economía familiar. En el caso de las pymes y comercios, es para evitar que el consumo estimado sea muy diferente del real y pueda perjudicarlas económicamente.
¿Cómo informar el consumo real?
1) Ingresar a www.ecogas.com.ar y registrarse como cliente y/o iniciar sesión. Tener a mano una factura con los datos necesarios para llenar el formulario.
2) Para informar el consumo real hacer click en el ícono. Informar factura de medidor en la página principal.
3) Completar el formulario. Los datos ingresados serán considerados declaración jurada.
4) Para leer e informar el consumo real, es necesario acceder al medidor y replicar los datos del contador de consumo, que son los números móviles que están debajo de número de medidor.
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