Sorpresivo fallo en Jujuy
26/02/2020 | 19:27 | Se trata de dos mujeres que luego fueron condenadas en una instancia superior. El magistrado consideró que la droga que ofrecían estaba tan estirada que no afectaba al sistema nervioso.
Dos mujeres de de 52 y 28 años que habían sido detenidas en Jujuy por venta de cocaína fueron absueltas porque el juez consideró que la droga estaba tan estirada que no afectaba a la salud pública. Sin embargo, otro juez les impuso una pena en una instancia superior.
El juez Abel Fleming, del Tribunal Oral Federal jueño, explicó que se secuestraron 100 ravioles que totalizaron apenas 8 gramos de cocaína, por lo que para consumir una dosis con efecto umbral se tenían que ingerir 11 ravioles.
El fallo tuvo lugar en diciembre -las mujeres habían sido detenidas en julio en el barrio Alto Comedero- y, luego de la apelación de la fiscalía, el juez Guillermo Yacobucci de la Cámara Federal de Casación Penal les impuso una condena de cuatro años de cárcel. Sin embargo, la condena puede ser apelada por la defensa de las mujeres y otro juez de la Cámara debería resolverlo.
El funcionario judicial jujeño explicó irónicamente en su fallo las mujeres protagonizaron una "estafa" hacia sus comerciantes más que una afección hacia la salud pública, que en vez de afectarla "la cuidaban". Según sus argumentos, por su estiramiento no producía alteraciones en el sistema nervioso.
"En mi entendimiento no cometieron un delito, porque para decir que se trate de estupefacientes una sustancia tiene que poder ser susceptible de producir una dependencia física o psíquica y creo que la droga así estirada no produce eso", dijo a Radio Con Vos.
Fleming explicó a Infobae que para que la cocaína que vendían las condenadas tenga un efecto narcótico se tenían que consumir 12 envoltorios, algo contrario a "la experiencia judicial y la lógica", porque, según argumentó, "nadie va a comprar doce dosis para adquirir el efecto de una". Esgrimió que se reflejó en la prueba, donde a los nueve presuntos compradores se les secuestró un solo envoltorio.
Las mujeres habían la responsabilidad y acordaron en un proceso abreviado recibir una pena de cuatro años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Pese a ello, en el juicio oral fueron absueltas y liberadas.
No irán a la cárcel hasta que la condena quede firme. El juez que las condenó consideró que se trató de "estupefacientes en los términos normativos reclamados por la ley y con aptitud dañosa para la salud pública", explicó el juez que las condenó.