Tensión en el sur
10/11/2021 | 17:40 | Anuló una decisión de la Nación que les reconocía derechos sobre más de 400 hectáreas de tierras en Bariloche, de las cuales ya habían sido desalojados. Se consideró que el INAI no escuchó al propietario del lote.
La Justicia federal anuló una decisión del Gobierno que le reconoció a un grupo de mapuches derechos sobre más de 400 hectáreas en Bariloche.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a un recursos de amparo y declaró la nulidad de la resolución 90/20 del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), que le había reconocido a la Comunidad Lof Che Buenuleo la posesión “continua y tradicional” de una unas 481 hectáreas de Bariloche, lugar de donde ya habían sido expulsados por orden judicial.
El fallo contra el Gobierno fue dictado por los jueces Marcelo Duffy, Joreg Morán y Rogelio Vincenti en un caso iniciado por Emilio Friedrich, un vecino de Bariloche.
La causa data de 20 años atrás. El 29 de noviembre de 2001 Antonio Buenuleo le vendió a Claudio Abdo Thieck 90 hectáreas de un lote identificado como “Pampa de Buenuleo”, en Bariloche.
Thieck cedió el boleto de compra venta a Friedrich, por lo que este contaba, según el fallo, con el título que lo acreditaba como legítimo propietario de esas hectáreas.
No obstante, unas ocho personas, entre los que se encontrarían integrantes de la familia Buenuleo, se metieron en su campo como intrusos y lo ocuparon ilegalmente.
Friedrich los identificó a los usurpadores como Ramiro Abelardo Andrés Buenuleo, Sandra Noemí Ferman, Claudio Javier Raile, Nahuel Aucan Maliqueo, Nicolás Antonio Quijada, Lucas Emanuel Dinamarca, Rosa Mabel Buenuleo y Mauro Egor Millan.
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Tras la denuncia, el juez de Garantías de Río Negro Sergio Pichetto ordenó en 2019 el desalojo de “Pampa de Buenuleo” y de la propiedad de Emilio Friedrich.
Apelado el fallo, el Tribunal de Impugnación de Río Negro confirmó la decisión y reconoció la posesión de las tierras en favor de Friedrich y el delito de usurpación por parte de los denunciados.
La sentencia concluyó, además, que la comunidad indígena a la que los usurpadores dicen pertenecer “no ejercen una ocupación tradicional sobre la parcela de tierra que dicen comunitaria.
Sin embargo, a los pocos días de esta sentencia, el INAI sacó una resolución que le reconocía a la comunidad Buenuleo derechos ancestrales sobre 481 hectáreas, incluidas las 90 que son de Friedrich, quien trasladó su reclamo a la Justicia federal.
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal 1 rechazó el reclamo de Friedrich y le dio la razón a los ocupantes.
Friedrich apeló y solicitó que se declare nula la decisión del INAI.
Finalmente, los jueces de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal decidieron que hay vicios en el procedimiento administrativo mediante el cual el INAI dictó la resolución y decidieron anularla.
“Padece de un vicio grave en uno de sus elementos esenciales, por no haberse cumplido con el debido proceso adjetivo”, argumentaron los jueces.
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