Mateo Apolonio, el jugador más joven del fútbol argentino (Foto: El Gráfico)

Adolescencia interrumpida

¿Pueden los menores de edad tener un contrato de trabajo?

17/05/2024 | 15:50

El debut de Mateo Apolonio en la Copa Argentina dejó varias aristas a debatir. Al tema de si está preparado física o mentalmente, se suma el fútbol como una fuente de trabajo.

Redacción Cadena 3

María Arrieta

No es la primera vez que un adolescente debuta en un partido de primera división, rodeado de adultos, pero la aparición de Mateo Apolonio, de apenas 14 años, en los 16avos de final de la Copa Argentina, generó nuevamente el debate sobre la presencia de menores de edad en el fútbol.

Pareciera que las luces, la adrenalina del deporte, los récords y el espectáculo hacen olvidar que se trata de un adolescente.

A los interrogantes sobre si está preparado física o psicológicamente para tremendo desafío y exigencia, se suma lo legal. ¿Está permitido que un menor “tenga un contrato laboral”? ¿Quién debe velar por sus derechos?

Al respecto el abogado Martín Allende, aclara que “está determinante prohibido que un menor de 16 años trabaje”, salvo que lo haga a través de una empresa familiar y bajo determinadas condiciones, como por ejemplo, que no supere las 3 horas por día, que no cumpla tareas que pongan en riesgo su integridad física, y que esté garantizada su educación.

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En ese sentido, también aclara que cualquier contrato que se establezca y que viole estos principios es nulo, y recuerda que el trabajo infantil está sancionado por el código penal. “Contrato de trabajo para un menor de 14 años no existe, podrá bajo otra figura desempeñarse profesionalmente”, explicó.

“Puede ir a entrenar libremente, pero no puede el club establecerle condiciones de horario o remuneración”, manifestó.

La figura del trabajo infantil, es toda actividad económica de estrategia de supervivencia remunerada o no realizada por niños o niñas por debajo de la edad mínima (16 años), por eso en estos casos, al no poder ser contratados legalmente, intervienen los padres, representantes o agentes, quienes se suponen que deben velar por los derechos del niño en cuestión y garantizar su bienestar.

El debate engloba aún más aristas, porque en situaciones como estas, Allende plantea otros interrogantes como el derecho a la protección de la imagen, su exposición pública, el derecho a la salud al enfrentarse a jugadores con 20 o 30 kilos más que él, la protección de su integridad psicofísica, entre otros aspectos.

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¿Quién controla que se garantice la protección de estos derechos? "El Estado a través de sus organismos de protección a la niñez, está obligado a velar por el bienestar del menor, tal como lo establece en pactos internacionales", afirma el abogado.

La exposición en los medios, las exigencias deportivas, las presiones psicológicas están en juego, pero existe un marco jurídico que protege a los menores y que en casos como estos es necesario tener en cuenta.

El debate es un llamado a reflexionar y pensar qué se busca con esta clase de espectáculos, con esta exposición y qué consumimos como sociedad, qué situaciones se empiezan a naturalizar.

Informe de María José Arrieta

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