Las boletas de servicios no podrán sumar otros cargos.

Desde hoy

Quedó prohibido incluir tasas e impuestos en boletas de servicios públicos

11/10/2024 | 10:22

La resolución publicada el 10 de septiembre otorgaba 30 días a las empresas para que se ajusten a la nueva norma.

Redacción Cadena 3

Las facturas y comprobantes no podrán a partir de hoy incluir cargos ajenos a los bienes y servicios contratados, es decir que no se podrán incluir otros cargos como tasas e impuestos.

La resolución 267/24 de la Secretaría de Comercio publicada el 10 de septiembre otorgaba 30 días a las empresas para que se ajusten a la nueva norma que se cumplen este viernes.

/Inicio Código Embebido/

/Fin Código Embebido/

La norma abarca a las empresas de servicios públicos de todo el país y a quienes comercializan bienes.

Así, solo podrán incluir en sus facturas única y exclusivamente la descripción y el precio correspondiente al servicio.

En caso de incumplimiento, los consumidores podrán denunciar las irregularidades a través de la casilla de correo electrónico denunciatufactura@comercio.gob.ar.

Las empresas que no cumplan con la normativa podrán ser multadas.


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