El protocolo sobre aborto no punible generó polémica (Foto ilustrativa).

Interna en el oficialismo

Controversia sobre el alcance legal del fallido protocolo

20/11/2019 | 23:57 | Desde Portal de Belén, Amelia Moscoso dijo a Cadena 3 que el texto sobre aborto no punible "avanzaba" sobre normas vigentes. Ricardo Gil Lavedra consideró que "no amplía las causas" de interrupción del embarazo.  

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Amelia Moscoso: "El protocolo de aborto no punible avanzaba sobre la legislación"

Gil Lavedra: "El protocolo de aborto no punible no amplía las causales legales"

El fallido protocolo sobre aborto no punible, que fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial a instancias del secretario de Salud, Adolfo Rubinstein, y luego revocado por el Gobierno, generó controversias sobre su alcance legal.

Mientras la abogada de la asociación Portal de Belén, María Amelia Moscoso, consideró que el texto publicado en el Boletín Oficial "avanzaba" sobre la legislación vigente en materia de aborto, el jurista radical, Ricardo Gil Lavedra, opinó que "no amplía las causas" de interrupción legal del embarazo.

En diálogo con Cadena 3, Moscoso cuestionó la actualización del protocolo decidida por el secretario de Salud, Adolfo Rubinstein: "Hablaba de que las adolescentes desde los 13 años podían prestar consentimiento autónomo sin que los sepan o conozcan sus padres y representantes".

"Además, el texto decía 'siempre que no afecte su vida o su salud' y la verdad es que estamos convencidos de que el aborto siempre tiene consecuencias para la vida y la salud de una persona. No desconozcamos que en cada aborto hay una persona que deja de vivir y hay una que pasa por una experiencia que la va a acompañar toda la vida y que entendemos que se le debe evitar a las mujeres", agregó.

También criticó lo que se establecía sobre la objeción de conciencia: "Les piden a los médicos que se expresen antes de la práctica de forma genérica y para todos los casos. Les dicen que, aun si sos objetor, si sos el único, lo tenés que hacer, y, si se complica, tenés que atender la complicación. La verdad es que lo que termina haciendo es obligarlos a realizar abortos, sean objetores o no".

Finalmente, expresó: "Lo que me llama especialmente la atención es que está prevista la realización de una ecografía, pero, pese a que el protocolo dice en sus términos generales que el aborto es la última opción, le ofrecen a la paciente no conocer, no escuchar los latidos, no ver las imágenes. Esto tiene que ver con evitar la conexión que existe naturalmente entre mujeres y su infante. Esto muestra la fijación que tiene Rubinstein en que el aborto se dé a toda costa".

Por su parte, Gil Lavedra, también en diálogo con Cadena 3, sostuvo que el protocolo lo que regula es "el acceso a la salud pública de aquellos casos que con la legislación vigente están autorizados. No amplía las causas legales de interrupción del embarazo".

"Ya existía un protocolo anterior, porque la Corte Suprema en el año 2012, cuando resolvió el caso F.A.L, exhortó al Poder Ejecutivo a que estableciera un protocolo de actuación para los casos de interrupción legal del embarazo", señaló.

"Hubo uno en 2015 y éste viene a actualizarlo de mejor manera, incorporando algunas de las disposiciones del Código Civil nuevo relativas a la autonomía progresiva de las personas, regulando mejor las hipótesis de consentimiento y dándoles un marco más apropiado de contención a las mujeres", argumentó.

Respecto de la objeción de conciencia, el jurista radical aseguró que el texto "apunta a que no puedan detenerse" los abortos no punibles. "Son casos legales, no lo que se estaba estableciendo en el debate del año pasado en el Congreso, que era la incorporación de un aborto más irrestricto dentro de una determinada cantidad de semanas", subrayó.

"Nadie procura que haya más abortos ni que las mujeres que quedan embarazadas se practiquen uno", concluyó.

Entrevistas de Eugenia Pasquali.