Efectos de la cuarentena
23/04/2020 | 22:08 | Sucede en Río Tercero. La jueza, Romina Sánchez Torassa, explicó a Cadena 3 que tomó la decisión para “garantizar la comunicación” de los menores con su progenitor. La madre deberá habilitar los medios necesarios.
Audios
La Justicia ordenó videollamadas entre un padre y sus hijos (Informe de A. Bustos)
El Juzgado en lo Civil y Comercial y Familia de 1° Nominación de Río Tercero fijó un régimen comunicacional provisorio para garantizar el vínculo del progenitor no conviviente con sus hijos menores de edad. Detalló que deberá ser a través de videollamadas desde el teléfono celular.
Indicó que la madre deberá tener su línea disponible, entre las 14 y las 15 horas y entre las 19 y las 20, para garantizar el contacto del padre con sus hijos mientras dure el aislamiento obligatorio ordenado por el Poder Ejecutivo Nacional.
Violencia familiar
La jueza, Romina Soledad Sánchez Torassa, aclaró a Cadena 3 que el contacto que tendrán los menores, a través de los teléfonos de ambos adultos, “no supone un incumplimiento a la restricción de contacto entre ambos progenitores, sino que es en virtud del interés superior de los niños a tener contacto con sus padres.”
Anteriormente, el tribunal con competencia en violencia familiar había ordenado restricción de acercamiento entre el hombre y la mujer por hechos de violencia.
La magistrada también hizo saber a la madre que “deberá evitar el contacto con el progenitor mientras se cumple lo ordenado” y que una obstrucción a la medida dispuesta podrá ser tomada como “un grave incumplimiento de los deberes parentales susceptible de sanciones penales, civiles y de suspensión del cuidado personal”.
Informe de Alejandro Bustos.
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