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Justicia de Córdoba
FOTO: La muerte de Carina Drigani se cerró como un homicidio.
Juan Federico
"La fiscal María de las Mercedes Balestrini imputó a Hugo Salas, la última pareja de Carina Drigani por homicidio calificado por el vínculo. Salas, quedó detenido. Drigani fue encontrada muerta el 5 de mayo (de 2016) en un arroyo de la localidad de Icho Cruz".
De esta manera, el Ministerio Público Fiscal informaba, el 2 de agosto de 2016, sobre la detención del hombre, de entonces 72 años, quien había sido la última pareja de la fisioterapeuta Carina (44).
Para Salas, comenzaba un largo calvario judicial que recién terminó este jueves, 2.459 días después, cuando el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ratificó la sentencia que en 2019 dictaminó la Cámara 4ª del Crimen, que lo había absuelto de semejante acusación.
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Porque, en realidad, a Carina nadie la había matado. El femicidio nunca existió. Todo se había tratado, según comprobó finalmente la Justicia, de un accidente.
La mujer, en un estado de absoluta vulnerabilidad, estaba bajo los efectos de psicofármacos, cuando perdió el conocimiento y cayó en un arroyo de muy poco caudal, a varios kilómetros de su consultorio de barrio Alto Alberdi, en la ciudad de Córdoba. Pero con la suficiente agua para que ella muriera ahogada.
Los peritajes forenses sólo determinaron esto: sustancias tóxicas en el organismo y una muerte por asfixia por inmersión.
Pero la entonces fiscal de Violencia Familiar, Mercedes Balestrini (hoy fiscal de Cámara), siempre pensó en un homicidio.
Primero, mantuvo detenido durante 45 días a la expareja de Carina, Daniel Baretta, a quien ella había denunciado en diferentes oportunidades.
En total, Carina lo había señalado 11 veces ante la fiscalía por violencia de género. Hoy, se sospecha que varias de estas causas en realidad habían sido inventos de ella.
Pero luego, cuando Baretta demostró que era imposible que él la hubiera atacado, ya que a esa hora y lugar se encontraba a kilómetros de la supuesta escena del crimen, la mirada de la fiscal se posó sobre Salas.
No había lesiones, marcas defensivas ni huellas que indicaran que en esa escena había participado una tercera persona. Ni siquiera el celular de él lo ubicaba en ese lugar, al que Carina había llegado.
Los investigadores de la división Homicidios insistían con que no había pruebas para incriminar a nadie. Pero la fiscalía se apoyó en una suerte de investigador privado que luego en el juicio confesaría que en realidad él había llegado a la hipótesis de un asesinato mirando sólo las fotos del cadáver en el arroyo.
La teoría oficial marcó que Salas eran celoso, que con Carina tenían una relación "tóxica" y que por la diferencia de edad (él era 27 años mayor) ella era sumisa en la relación.
Salas, apuntó la fiscalía, tenía con Drigani una relación de “preeminencia y control” con el fin de “dominarla, aislándola de su núcleo familiar y amistades”.
La vulnerabilidad de Carina, una mujer que a esa altura presentaba un fuerte desequilibrio emocional, era clave en toda esta historia.
Con estos elementos, la hipótesis de la fiscal fue avalada primero por un Juzgado de Control y, después, por la Cámara de Acusación. Y así, Salas llegó a juicio en 2019. A esa altura continuaba detenido, pero con prisión domiciliaria.
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En los alegatos, los querellantes pidieron prisión perpetua. Pero el fiscal Raúl Gualda y las abogadas defensoras Teresita Larrazábal y Andrea Amigo remarcaron que no había pruebas para sostener semejante acusación. Que no existía ningún elemento incriminatorio. Y que en realidad, la muerte de Carina no había sido violenta, sino que se había tratado de un accidente. Teoría que se desprendía de los mismos informes forenses que contaban en el expediente.
O sea, el femicidio nunca había existido. Todo, insistieron, había sido una suma de prejuicios. En síntesis: a Salas le habían invertido la carga de la prueba durante todo el proceso. El viejo axioma de que todos son inocentes hasta que se demuestre lo contrario aquí se había cambiado de manera radical. Él asomaba como culpable hasta que pudiera demostrar que no lo era.
Fueron tres años demasiados largos hasta que escuchó, a mediados de agosto de 2019, la absolución por parte de Cámara 4ª del Crimen y los jurados populares.
Ya tenía 75 años y apenas regresó a la libertad, pero a los pocos meses otra vez se vio encerrado, aunque ahora por la pandemia del coronavirus.
"Le sacaron largos años de su vida", reprochan sus abogadas. Señalan que hoy su estado de salud está lejos de ser el mejor.
Ayer, siete años después, finalmente el caso tuvo su cierre definitivo. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) rechazó las apelaciones de los querellantes y remarcó que todo había sido un accidente. Y que a partir de esto, nunca había sido necesario indagar sobre cómo había sido la relación entre la pareja.
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Teresita Larrazabal, defensora de Hugo Salas, dijo a Cadena 3: “Después de siete años Hugo Salas ha recuperado la vida normal de un ciudadano, fue totalmente injusta la detención, el hecho no existió”.
“Las pruebas eran claras, esto fue un accidente. Y tuvimos que esperar la audiencia de debate para que los peritos médicos, psicólogos, explicaran cuál era la patología de Carina Drigani. Ella venía con padecimientos de muchos años de problemas psicológicos, tuvo tres episodios de parálisis de la mitad del cuerpo y eso hacía que se perdiera”, detalló.
Carina denunció a su ex pareja, salió de Tribunales y se desconoce qué pasó con ella durante tres días, no se pudo determinar cómo llegó a Icho Cruz.
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