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El diputado de Juntos por el Cambio habló con Cadena 3 sobre el paso del programa a la órbita del Ejecutivo nacional. "Es como poner al zorro a cuidar el gallinero", dijo.
AUDIO: Waldo Wolff: "Están intimidando a los testigos protegidos".
El diputado de Juntos por el Cambio Waldo Wolff habló con Cadena 3 sobre la decisión del Gobierno de derogar el decreto de Mauricio Macri, que creó la Agencia Nacional de Protección a Testigos e Imputados, firmado a pocos días de dejar el poder, y restituir el programa nacional anterior, bajo la órbita del Ministerio de Justicia.
Así lo dispuso el presidente Alberto Fernández a través del decreto de necesidad y urgencia (DNU) número 168, publicado en el Boletín Oficial con su firma y la de todo su gabinete de ministros.
Al respecto, el parlamentario opinó: "Están intimidando y amedrentando a los testigos protegidos. Además mintieron, porque dijeron que el macrismo les dio dinero, y es mentira. Hay que leer la ley, cosa que los sectores más radicales del kirchnerismo no hacen".
En los considerandos, el Poder Ejecutivo recordó que la Cámara Federal de Casación Penal había expresado “su preocupación” por el decreto 795 firmado por Macri el 28 de noviembre de 2019 “'por la compatibilidad de su aplicación en relación a las atribuciones constitucionales y legales” que tiene ese cuerpo.
Por esa disposición del gobierno de Cambiemos, el sistema contemplado en el Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados, que dependía directamente del Ministerio de Justicia, había sido transformado en una nueva dependencia, con estatus de agencia y autonomía funcional del Poder Ejecutivo.
"El testigo queda bajo el cuidado de gente que pertenece a un signo partidario del cual él está acusando; entonces, es como poner al zorro a cuidar el gallinero", graficó, en una entrevista que puede escucharse completa en el audio que acompaña a la nota.
La administración de Fernández argumentó en el decreto publicado este jueves que “de la lectura del mencionado decreto se verifica que, al momento de su dictado, no existieron circunstancias excepcionales en los términos del artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de las leyes y que, por lo tanto, justificaran la adopción de una medida de excepción como es un decreto de necesidad y urgencia”.
En ese marco, agregó que “no se observan elementos objetivos que fundamenten las razones de necesidad y urgencia que conllevan el dictado de dicha herramienta constitucional, máxime cuando el funcionamiento del Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados se mantuvo sin variación durante más de 16 años, hasta días antes de la finalización del mandato del gobierno anterior”.
Por lo tanto, el Gobierno derogó el decreto 795 y, al mismo tiempo, dispuso que se restituya “la vigencia de la Ley N°25.764 en su redacción al momento del dictado de la norma”.
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