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Opinión
Maravillas de este siglo
FOTO: .
María Rosa Beltramo
El tiempo, que suele dar perspectiva y ayuda a olvidar lo intrascendente, ya relegó al último recodo de la memoria los cinco minutos de (mala) fama de Juan Emilio Ameri, el diputado que le dio vida a una plomiza sesión de la cámara baja cuando besó los pechos de su mujer delante del ojo delator de la cámara.
Era septiembre de 2020, el congreso funcionaba por Zoom y el legislador dijo en su defensa que la conexión a internet iba y venía a su antojo. Lo cierto es que cuando él se creía a salvo de miradas extrañas en el living de su casa, estaba en realidad conectado a la sesión en la que Carlos Heller exponía sobre los activos que tiene en su poder el Fondo de Garantía de Sustentabilidad.
El salteño y sus módicos despliegues eróticos saltaron del congreso a la televisión nacional y de allí al mundo. Poco después farfulló un pedido de disculpas y a continuación presentó la renuncia. ¿Caso cerrado? Ojalá.
Acusado de “estorbo del acto funcional”, se inició una causa en su contra en uno de los juzgados federales de Comodoro Py. Después las actuaciones pasaron a Salta y en el pasado mes de mayo fueron elevadas a juicio oral y público. En esa provincia la acusación fue ratificada por el fiscal general Francisco Snopek.
Pero volviendo a Ameri, protagonista indiscutido de este engorroso e innecesario intríngulis jurídico, antes de sentarlo en el banquillo hubo que resolver un problema jurisdiccional. La defensa y la fiscalía coincidieron en solicitar que el expediente retornara a Capital Federal.
Los papeles han viajado del norte a Buenos Aires varias veces. El juez Ariel Lijo sostuvo que el episodio que había derivado en la acusación había ocurrido en Salta. Al final tuvo que pronunciarse la Cámara Federal de Apelaciones.
El integrante de ese tribunal, Mariano Borinsky, dispuso, finalmente, que el juicio correccional se realice en el juzgado de Lijo. El estorbo del acto funcional es un delito contemplado en el artículo 241 del Código Penal que castiga con prisión de 15 días a 6 meses a quien "perturbare el orden en las sesiones de los cuerpos legislativos nacionales o provinciales”.
Es mejor no calcular en horas/hombre lo que les está saliendo a los contribuyentes este proceso kafkiano basado en el intento de impartir una justicia que, probablemente, nadie demanda ni necesita.
Ameri pagó con la dimisión su falta de recato y el modo displicente con el que ejerció el cargo. El “correctivo“ que pretenden aplicarle difícilmente justifique el empeño de tantos jueces y fiscales.
A propósito, uno de ellos, Francisco Snopek, el fiscal general salteño enfrenta cargos por violencia de género, tras sendas presentaciones de su esposa y una defensora oficial. Acaba de ser suspendido y ordenaron que se le realice un juicio político. A esta altura, este es uno de los pocos casos en el que sobre el acusador pesa una denuncia mucho más grave que sobre el acusado.
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