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Sociedad
FOTO: Gustavo Franceschetti, ex Defensor Regional.
Hernán Funes
Para el abogado del docente Helvio Vila, el hombre denunciado y apuntado por abusos contra menores por el periodista Juan Pedro Aleart, la prescripción "es una garantía humana". Fue el eje de la exposición que hizo en febrero pasado en la Cámara de Apelaciones, donde el juez Tomás Gabriel Orso ratificó la resolución de primera instancia y decretó el archivo de la causa penal. Ahora, el caso sigue en la Corte Suprema de Santa Fe.
La Justicia no dice que Vila sea culpable o inocente. Sí que el paso del tiempo juega a su favor. Ya en primera instancia, la Justicia había declarado "la prescripción de la acción penal en la presente causa por los presuntos hechos de abuso sexual, ocurridos desde los meses de agosto y septiembre de 1995 hasta el año 2005 aproximadamente".
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Entonces, en la audiencia de Cámara que se hizo el mes pasado y que permite por primera y única vez conocer la posición de Vila, el exDefensor Regional Gustavo Franceschetti, que volvió al mundo privado tras cesar en la función pública, planteó que la acción penal se encontraba prescripta porque momento de la denuncia los mismos hechos enunciados se habrían dado más de 12 años antes.
Asimismo, cuestionó "que los actores penales pretenden crear una categoría de delitos comunes imprescriptibles, traspolando los principios sólo aplicables a los delitos de lesa humanidad", según consta en el acta.
Defensor de Vila junto a Roberto Falistocco (h), Franceschetti indicó que la prescripción "está dentro del principio de legalidad y es una garantía humana y reconocida por el derecho internacional, cuyo fundamento es darles a los ciudadanos garantías contra persecuciones tardías".
Precisó, además, que la mayoría de edad la cumplió el denunciante en el año 2006, que la denuncia fue efectuada en el 2022 y que la misma "lejos está de los delitos de lesa humanidad, ni puede atribuirse al Estado el paso del tiempo".
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Señaló, además que si fueran imprescriptibles tales delitos los mismos podrían ser investigados por el Estado cuando quiera y sin plazo alguno de finalización.
Tras escuchar a las partes, el camarista Orso ratificó la resolución de primera instancia y declaró "la prescripción de la acción penal en la presente causa por los presuntos hechos de abuso sexual".
Orso analizó -entre otras cosas- que "la denuncia fue realizada a fines del 2022 y el último abuso habría ocurrido en el año 2005, habiendo transcurrido 17 años, es decir cinco años más que el término máximo de prescripción".
Con la trascendencia pública, Helvio Vila fue suspendido y sumariado en la Universidad Nacional de Rosario y en Educación.
El juez Orso, tal como lo hizo Florentino Malaponte en primera instancia, recomendó a la Fiscalía que, en caso de entender que en este tipo de delitos corresponde declarar la imprescriptibilidad de la acción penal, se asuma una postura única y uniforme a través de recomendaciones
La propia víctima, el periodista Aleart, contó que llevó el caso a la Corte Suprema de Santa Fe, donde se espera tratamiento. Allí, por la ex sociedad en un estudio entre Franceschetti y el ministro Daniel Erbetta, y ante un planteo del fiscal Meinero que avaló la querella, Erbetta se excusó.
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El mismo camino evalúa tomar Roberto Falisticco por la participación de su hijo -joven penalista y medalla de honor 2022 de la universidad-, del mismo nombre, en el estudio jurídico de Franceschetti.
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