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FOTO: Ordenan cubrir uno de los medicamentos “más caros del mundo” para tratar la AME
La Cámara Contencioso Administrativa n.° 3 de la ciudad de Córdoba hizo lugar a una acción de amparo interpuesta por un afiliado de Apross con Atrofia Muscular espinal (AME) juvenil o de tipo III.
Se trata de una de las enfermedades llamadas "poco frecuentes”, que consiste en un padecimiento genético neurodegenerativo que se caracteriza por la pérdida del músculo esquelético, encargado de funciones esenciales en el ser humano.
La sentencia ordena a la Administración Provincial del Seguro de Salud (Apross) la cobertura del 100% del medicamento Risdiplam, marca Evrysdi, de Laboratorios Roche, que no está incluido en su menú prestacional. Asimismo, el tribunal ordenó a la provincia de Córdoba financiar su costo, en forma conjunta o solidaria con la obra social.
La droga es considerada "una de las más caras del mundo", y según la resulución ha sido calificada como “medicamento huérfano para la enfermedad", es decir, aquellos que la industria farmacológica considera poco rentables, salvo que se comercialicen a elevados costos.
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En este marco, el tribunal actuante dispuso que, previo a su entrega, los profesionales tratantes del amparista elaboren un informe que detalle su situación actual en relación a su función motora, un programa de seguimiento con pautas de respuesta al tratamiento, así como los criterios de suspensión de la cobertura, para posibilitar el control de la Auditoría de Apross.
Para dar lugar a este amparo, la Cámara "valoró la necesidad real y efectiva de la provisión de la droga de que se trata, única aprobada en el país para la patología y las condiciones particulares del actor, a los fines de mejorar su calidad de vida y -cuanto menos- detener el avance de los síntomas relacionados con la grave enfermedad que padece".
Además, sostuvo que la circunstancia de que se trate de un medicamento de costo muy elevado no puede condicionar la tutela del derecho a la salud del amparista, “que incluye la posibilidad de probar, en su propio organismo, los efectos positivos que surgen de los estudios científicos referenciados”.
No obstante, la sentencia plasmó la necesidad de “extremar el control de los resultados que arroje el tratamiento a corto, mediano y largo plazo, a fin de no sujetar a la accionada al financiamiento de una terapia inútil en términos de beneficios puntuales para el paciente de que se trata”.
El afiliado tiene 46 años y según explicó a Cadena 3 su abogada Sandra Reale, la obra social de la provincia de Córdoba deberá hacerse cargo de la cobertura al 100%. "El proceso llevó 5 meses que son muy valiosos, nos encontramos con una sentencia firme que obliga a cubrir el 100% del medicamento", manifestó.
Los montos que tendría que pagar el Apross van entre los 9 y 12 millones de pesos por mes. El afiliado tiene que recibir 3 dosis y depende de la evolución de esta enfermedad, el tiempo que tendrá que recibir este medicamento.
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