Cuál es la fecha límite para deducciones y trámites del impuesto a las Ganancias
El 31 de marzo es el último día para que empleados y jubilados presenten sus deducciones del impuesto a las ganancias de 2024. Conoce qué gastos son deducibles y cómo realizar el trámite en el Siradig.
28/03/2025 | 18:53Redacción Cadena 3
El 31 de marzo de 2025 marcó el cierre del plazo para que empleados y jubilados presentaran sus deducciones correspondientes al impuesto a las ganancias de 2024. Este trámite, que se realiza a través del formulario Siradig, permite a los contribuyentes informar diversos gastos deducibles, así como datos sobre familiares a cargo y percepciones por compras en moneda extranjera. La presentación de esta información es crucial para aliviar la carga tributaria.
Durante el año anterior, los asalariados se enfrentaron a diferentes esquemas de imposición. A partir de julio, la ley 27.743 estableció que los salarios brutos superiores a $1,8 millones quedarían sujetos a Ganancias, cifra que aumentó a poco más de $2,4 millones si se aplicaban deducciones por cónyuge e hijos menores.
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A pesar de que hubo actualizaciones en septiembre, los efectos de estos reajustes no se reflejaron completamente en los descuentos realizados en los últimos meses del año. Con la liquidación de los salarios de abril, se llevaría a cabo el recálculo definitivo del impuesto, generando posibles diferencias a favor de los empleados.
La liquidación del impuesto también consideraría los datos que los empleados ingresaron en el Siradig, plataforma de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Para acceder a esta herramienta, los contribuyentes debían ingresar con su clave fiscal y seleccionar el formulario correspondiente a 2024, ya que el de 2025 estaría disponible hasta el tercer mes de 2026.
Las deducciones aplicables incluían gastos relacionados con familiares a cargo. Por ejemplo, los contribuyentes podían deducir $1.664.386,82 por cada hijo menor de 18 años o $3.328.173,63 por hijos incapacitados para el trabajo. Además, se podía deducir $3.299.771,52 por cónyuge, siempre que este no tuviera ingresos superiores a $3.503.688,17 durante 2024.
Entre los gastos deducibles más relevantes se encontraban los alquileres, donde los inquilinos podían descontar el 40% de lo pagado, con un tope anual de $3.503.688,17, además de una deducción del 10% sin límite para propietarios. También se podían deducir los pagos por servicio doméstico, medicina prepaga, honorarios médicos, donaciones, seguros de vida, gastos educativos y algunos gastos relacionados con la indumentaria y equipamiento laboral.
Para cargar la información en el Siradig, los contribuyentes debían verificar sus datos personales y declarar si tenían uno o más empleos. En caso de pluriempleo, debían informar a qué empresa se le retuvo el impuesto. Además, era necesario contar con las facturas correspondientes para poder declarar los gastos deducibles.
Un aspecto importante del proceso era la posibilidad de solicitar la devolución de percepciones aplicadas en compras en moneda extranjera. Los empleados y jubilados que habían tenido descuentos de Ganancias durante 2024 podían solicitar el reintegro a través del Siradig, eligiendo la opción adecuada según el régimen de percepción.
El plazo para completar el formulario y enviar la información al empleador finalizaba el 31 de marzo a las 23:59. Aquellos que no completaran el proceso no tendrían en cuenta sus deducciones en el cálculo del tributo.