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FOTO: Explosión de la Fábrica Militar de Río Tercero: habrá nuevas indemnizaciones.
A través de un Decreto de Necesidad de Urgencia (DNU), que se publicará este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional fijará nuevos montos para las indemnizaciones a las víctimas de la explosión de la Fábrica Militar de Río Tercero, provincia de Córdoba, ocurrida el 3 de noviembre de 1995.
De esta forma se redefine el modo de pago para cumplir una ley que el Congreso aprobó hace ocho años, pero que nunca se cumplió.
La indemnización por muerte será de 1.000 módulos de $8.000.000; lesiones gravísimas, 700 módulos de $5.600.000; lesiones graves, 600 módulos de $4.800.000; daño moral, 100 módulos de $800.000; y daño material 95 módulos de $760.000.
El decreto admite en sus argumentos que la ley 27179, aprobada en Congreso en diciembre de 2015, no fue cumplida por el Estado. Esa ley establecía el pago por vía administrativa de resarcimientos económicos a los vecinos de Río Tercero que hayan iniciado acciones judiciales contra el Estado y que no tuvieran aún sentencias. A cambio de que renuncien a la continuidad de esos juicios, se acordó el pago de una indemnización.
La norma surgió por el reclamo de una megacausa patrocinada por un abogado que incluía a unos 8 mil demandantes por daño moral y psicológico. Además, se sumarían unos 2 mil casos en manos de otros letrados, sobre todo ligados a daños materiales y a personas heridas.
El nuevo DNU actualiza los montos y establece que la autoridad de aplicación será el Ministerio de Defensa. No obstante, no se explicita la fecha de los pagos.
Por la explosión murieron siete personas y hubo más de 300 heridos, además de los incontables daños materiales. La Justicia determinó que fue un atentado para encubrir la venta ilegal de armas a Ecuador y Croacia entre 1991 y 1995, durante el gobierno de Carlos Menem.
Repercusión entre los afectados
Mario Ponce, el abogado que representa a 8 mil afectados, dijo a Cadena 3 que es una "muy buena noticia" si se concreta.
"Será el fin de 28 años de lucha y reclamo de un esfuerzo muy importante que hicimos. Conseguimos oportunamente una ley en 2005; después de una ardua tarea judicial, tuvimos que presentar un amparo. Se reglamentó, diciendo que debían expedirse por parte de jueces certificados judiciales que tenían juicios vigentes. Se presentaron esos certificados judiciales y, a partir de la burocracia de lo que decía la ley del mecanismo de pago, que era a través de bonos de consolidación de deuda, hizo más lento el trámite de pago", resumió.
En este caso, valoró que el decreto elimina todo ese "tramiterío burocrático" y establece un mecanismo de pago que sería en efectivo y se instrumentaría de manera directa.
"En el caso de mis representados, ninguno cobró nada; nunca se materializó ni siquiera en bonos. La reglamentación del decreto determinará cómo se dará el pago en pesos. Pero desde el Gobierno nos indicaron que la intención es que empiecen a cobrar antes de fin de año", valoró.
Los defendidos de Soria reclamaron daño moral y daño emergente, que está dentro del daño material. Serían $1.700.000, un monto que se actualiza en función a la inflación.
/Inicio Código Embebido/
DNU 596 - Fábrica Militar Río Tercero (1) by franvidalpel on Scribd
/Fin Código Embebido/
Entrevista de Alejandro Bustos.
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