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Política y Economía
Escándalo por privilegios
La jueza federal Eugenia Capuchetti consideró que no hubo delito entre quienes recibieron las dosis. Ginés González García seguirá investigado, al igual que las hijas de Duhalde, los padres de Vizzotti y el caso de El Calafate.
FOTO: El ex ministro de Salud, Ginés González García, había renunciado por esta causa.
FOTO: El ex ministro de Salud, Ginés González García, había renunciado por esta causa.
La jueza federal María Eugenia Capuchetti dispuso este jueves el archivo parcial de una parte de la causa conocida como "Vacunatorio VIP", pero no exculpó a ningún funcionario y, por el contrario, llamó a testimonial a varios vacunados para que aclaren cómo recibieron la inoculación contra el coronavirus.
Entre los casos que siguen abiertos y bajo investigación, figuran las vacunaciones en El Calafate, la de dos hijas del ex presidente interino Eduardo Duhalde y la de los padres de la ministra de Salud, Carla Vizzotti, ambos médicos y mayores de 70 años de edad.
El fallo no resuelve la situación procesal de ninguno de los funcionarios y ex funcionarios investigados, entre ellos el ex ministro de Salud, Ginés González García, quien continúa sujeto a la investigación.
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Informe judicial
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De los 70 casos iniciales de personas que fueron vacunadas contra el Covid-19 "con un trato especial, verdaderamente diferente a gran parte de la población", 65 fueron inicialmente descartados como delitos.
Se trata de casos "prioritarios" (mayores de 60 años, personal de salud, personal estratégicos y personas de 18 a 59 con enfermedades previas), sobre las cuales "no existía ni existe un orden normativo de prelación", porque el Ministerio de Salud "expresamente estableció que era posible vacunar a estos grupos de manera simultánea".
Del archivo parcial se desprende que "no existe un tipo penal que criminalice la conducta de un funcionario público que otorgue tratos especiales como el que es objeto de esta investigación", aunque sí podría acarrear a los implicados "sanciones de orden administrativo" de acuerdo con lo que establece la Ley de Ética del Ejercicio de la Función Pública.
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Fuentes judiciales conjeturaron que, "aunque pareciera haber un consenso a priori de que quienes ocupaban lugares de gran trascendencia en el contexto que atravesamos incumplieron determinadas pautas de comportamiento ético, lo cierto es que ello, por sí solo, no alcanza para realizar un reproche penal".
El fallo le señala al Congreso que "nada se legisló sobre la creación de tipos penales específicos sobre los planes de vacunación, como sí sucedió en otros países".
Capuchetti dispuso "continuar la investigación respecto de los hechos relacionados con las personas (a las que identifica por el número de orden del listado suministrado por el Ministerio de Salud) sobre de la aplicación de las vacunas contra el Covid-19 de quienes no se encontraban dentro de alguno de los grupos prioritarios".
Además, la jueza dispuso la formación de un nuevo legajo de investigación con un listado de unas 300 personas, aportado por la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA).
En el mismo contexto, el fallo dispone "determinar si existió un desvío de 60 dosis pertenecientes al Hospital Nacional Posadas, que habrían sido transportadas hacia la ciudad de El Calafate, provincia de Santa Cruz, en un vuelo comercial de Aerolíneas Argentinas".
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