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Los abogados previsionalistas, Fernando Viera y Adrián Tróccoli, explicaron a Cadena 3 que la fórmula que usa el Gobierno para cancelar las pensiones no es correcta.
FOTO: Cristina Kirchner. (Foto: @CFKArgentina/X)
El Gobierno nacional resolvió dar de baja los beneficios de privilegios en la jubilación y la pensión por el fallecimiento de Néstor Kirchner que percibe la expresidenta Cristina Kirchner tras la condena en su contra de la Cámara de Casación en la causa Vialidad.
Así lo informó el vocero presidencial Manuel Adorni, en la habitual conferencia de prensa, en la que indicó la quita supone un ahorro de $21.827.624,65 mensuales, y que la quita alcanzará a otros exfuncionarios condenados.
"Por orden del presidente Javier Milei, y detrás del trabajo de siempre del Ministerio de Capital Humano, a través de Anses se resolvió dar de baja la asignación de privilegio, popularmente conocida como jubilación de privilegio, que la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner venía percibiendo", sostuvo el funcionario.
En la misma línea, agregó: "Tanto en la asignación personal como en la derivada por pensión del fallecido expresidente Néstor Kirchner. Esto significa, para los argentinos, un ahorro, al menos de la asignación que se cobraba en mano, de unos $21.827.624,65".
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El anuncio del vocero presidencial sobre la baja de la jubilación y la pensión de privilegio de Cristina Kirchner genera un debate complejo. Esta situación se complica debido a que se trata de un "derecho adquirido", respaldado por una sentencia firme, según explicó a Cadena 3 el abogado especialista en jubilaciones, Fernando Viera. Sin embargo, se encuentra en discusión un recurso de queja que plantea la incompatibilidad de las prestaciones que recibe la expresidenta.
"La jubilación y pensión que percibe Cristina Kirchner son consideradas prestaciones no contributivas, es decir, no ha realizado aportes para recibirlas. El fundamento para otorgar estos beneficios radica en su trayectoria y el reconocimiento por haber ocupado la máxima magistratura del país", detalló Viera.
Según la normativa, el Congreso otorga un beneficio equivalente al de un ministro de la Corte Suprema, mientras que la pensión corresponde al 75% de lo que recibiría su esposo.
Viera señaló que existen tres tipos de jubilaciones: las ordinarias, que son contributivas y requieren aportes; las diferenciales, otorgadas por actividades insalubres que generan agotamiento prematuro; y las especiales, que tienen requisitos distintos por mérito. En este último grupo se encuentran los docentes, magistrados y presidentes. Sin embargo, el régimen de jubilación de presidentes es único, ya que se considera no contributivo y se otorga como un subsidio por mérito.
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El abogado explicó que el artículo 29 de la ley que regula estas jubilaciones establece que los beneficios no aplican a quienes hayan sido removidos por mal desempeño. Esta disposición plantea interrogantes sobre la situación de Cristina Kirchner, especialmente si se considera que, en un escenario diferente, podría haber enfrentado un juicio político por "mal desempeño o delitos" cometidos durante su presidencia.
"Tenemos dos cuestiones que chocan: el tema del derecho adquirido, pero también, que desaparecieron los fundamentos por los cuales se otorgaron estos beneficios. Más que mérito, ahora es todo lo contrario. Se ha aprovechado del Estado, se ha aprovechado de los argentinos, entonces no existiría argumento alguno para sostener esta prestación. Esto va a ser una cuestión muy compleja que seguramente va a terminar en manos de la Corte Suprema y tendremos que ver qué es lo que depara", concluyó el abogado.
Por otra parte, el abogado previsionalista, Adrián Tróccoli, expresó su incertidumbre respecto a los fundamentos legales de la decisión del Gobierno nacional. "No se conoce en qué se basa el Gobierno, en qué ley o en qué decisión legal para tomar esto", dijo a Cadena 3.
Tróccoli subrayó que, aunque algunos puedan estar de acuerdo con la eliminación de la pensión, el procedimiento es cuestionable, dado que "la administración pública, cuando hay cosas juzgadas administrativas, tiene que recurrir a un juez para hacer un proceso que le permita dejar de lado las cosas juzgadas administrativas".
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También destacó que la asignación especial, comúnmente referida como jubilación de privilegio, tiene su origen en el hecho de que los expresidentes ocupan el cargo máximo en el país. Además, abordó la cuestión de la honorabilidad de la pensión, indicando que "si es honorífica y un expresidente es condenado, pierde los honores también".
El especialista hizo hincapié en que la situación de otros expresidentes, como Amado Boudou, quien se encuentra condenado, también debería ser revisada. "Entiendo que es más que lógico, más que coherente que no tenga derecho a cobrarlo", afirmó Tróccoli, señalando que el delito cometido por Boudou fue un "delito contra el Estado" en el ejercicio de sus funciones.
Tróccoli concluyó que, aunque podría haber un argumento válido para la baja de las pensiones, "la forma no es la que está utilizando el Gobierno".
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Informe de Federico Albarenque.
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