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Aguas Cordobesas

Quinteros propone congelar la tarifa del agua por seis meses

El concejal de Encuentro Vecinal Córdoba presentó un proyecto de ordenanza para realizar modificaciones en el acuerdo con la empresa prestadora del servicio de agua potable.

02/01/2020 | 18:50

El concejal de Encuentro Vecinal Córdoba Juan Pablo Quinteros presentó este jueves un proyecto de ordenanza para que el Ejecutivo Municipal realice modificaciones en el acuerdo entre el Gobierno de la Provincia (hoy Municipalidad de Córdoba) y Aguas Cordobesas S.A., concesionario del Servicio Público de Agua Potable de la ciudad de Córdoba, ratificado por Ley 9279 y 9339.

"El lunes se va a tratar en segunda lectura el traspaso del servicio al municipio y posteriormente tenemos que habilitar al gobierno municipal para que pueda renegociar el contrato en un montón de puntos que hemos estipulado", indicó Quinteros a Cadena 3.

A modo de ejemplo, señaló: "Lo que hoy se paga por el servicio de agua es más un impuesto al inmueble que un servicio, porque no se paga por el consumo sino por metros cubiertos, superficie total del terreno y antigüedad del mismo, es más un impuesto disfrazado de servicio".

"Queremos que este contrato sea puesto a favor del usuario, mañana presentaremos una nota con firma de un tercio de concejales para que sea tratado en extraordinarias; creemos que el contrato con Aguas Cordobesas que rige hasta 2027 hay que prorrogarlo, pero bajo otras condiciones", apuntó.

Recordó, también, que los usuarios pagan los medidores, el canon y el agua aumentó ayer un 14,12% más un 9% de un fondo Fisap (Fondo de Infraestructura para el Suministro de Agua Potable), es decir 25% en enero.

"Le vamos a pedir al intendente que congele por seis meses la tarifa", cerró.

El proyecto fue presentado conjuntamente con los concejales de Córdoba Cambia Ricardo Aizpeolea y Armando Fernández.

En un comunicado de prensa, los ediles manifestaron:

En base a la imperiosa necesidad de modernizar el régimen tarifario y establecer una correcta mediación entre el prestador y los usuarios, se debe renegociar el contrato de concesión con la empresa Aguas Cordobesas S.A y sus cláusulas y convenios anexos.

El convenio en virtud del cual el contrato de concesión de agua potable de inminente paso a órbita municipal, representa una inmensa oportunidad para que el municipio realice con la concesionaria una renegociación del contrato, el cual rige desde el año 1997 y tiene vigencia hasta el año 2027.

Resulta necesario establecer modificaciones al Contrato de Concesión, las cuales no resultan caprichosas sino que sin necesarias en virtud del deficiente y caro servicio que presta la concesionaria. Es evidente que se deben efectuar cambios al régimen tarifario, adecuaciones al régimen económico de la concesión y a las inversiones previstas en el Contrato de Concesión, incluyendo las adaptaciones necesarias en las metas y objetivos del Concesionario.

A modo de lineamiento general y sin que ello sea una cláusula cerrada a la hora de renegociar el contrato, estimamos pertinente que la renegociación, entre otros, en los siguientes puntos:

• El actual Contrato Concesión perjudica a los usuarios al tarifar el servicio de Agua Potable a los usuarios con servicio no medido, en función a la superficie cubierta del inmueble, superficie del terreno, antigüedad de la edificación y sin considerar la utilización del recurso. Tampoco respeta con ello el “Marco Regulador para la Prestación de Servicios Públicos de Agua Potable y Desagües Cloacales de la Provincia de Córdoba” utilizando un Cargo Fijo o de Servicio y Cargo Variable o de Consumo, y para el caso particular de dichos usuarios establece:

“b) Sistema de Consumo no Medido: El sistema tarifario de consumo no medido o de cuota fija, será aplicable a aquellos Usuarios que no cuenten con el medidor de agua instalado y en funcionamiento. En estos casos, el cargo variable pasará a ser un parámetro fijo que se determinará para cada Usuario en función de las categorías vigentes. Los Usuarios de cuota fija pasarán inmediata e indefectiblemente al sistema tarifario de consumo medido en momento en que cuenten con medidor de agua funcionando y registrado por la Entidad Prestadora.”.

En ningún caso establece que el consumo será presuntivo por el tamaño del hogar.

• El actual Contrato Concesión perjudica a los usuarios al tarifar el servicio de Agua Potable a los usuarios con servicio medido, sin considerar los hábitos de consumo, ni los costos de proveer el servicio de la compañía. En cambio, establece una base libre de 25 m3, la cual supera al uso del 70% de los usuarios residenciales y comerciales, con un costo presuntivo generando el mismo cargo como si el usuario no estuviera medido, adicionando al costo los m3 excedentes. Por tanto, no hay incentivo alguno al ahorro del usuario, ni a poseer medidor domiciliario, ya que la correcta utilización del recurso lo hará pagar el mismo cargo que pagaría si no tuviera medidor.

• El actual contrato de concesión genera que el Concesionario tarife por el servicio de agua potable un impuesto a los bienes, al utilizar medidas del inmueble para el cálculo. Reiteramos se debe cobrar por el consumo realizado.

• Es imperante dictar las bases de la renovación de conexiones y expansión del servicio. Ninguno de estos cargos son contenidos por la tarifa actual, por tanto, no son reclamables al Concesionario.

• Las renovaciones de los medidores domiciliarios están a cargo de los usuarios, aun cuando no genere ningún beneficio para con este y, al contrario, sea lucrativo para la Prestataria.

• Los Cargos Especiales, como lo son los cargos por conexión, desconexión e inspección, no deberían generar una ganancia al Concesionario, sino representar exactamente el costo mínimo al que se podría incurrir.

• En la actualidad la prestadora envía las facturas y genera la facturación entre un mes y dos meses previos al vencimiento, generando que los usuarios paguen sus facturas con una antelación mayor a la deseada, y lógicamente están pagando por un supuesto consumo que todavía no efectuaron.

• Los cargos que forman parte de las Acciones del Ciclo de Cobranza se tarifan por encima del costo que le genera al Concesionario, generando una ganancia al mismo, cuando estos debieran representar el costo mínimo al que debería incurrir el prestador para generar la cobranza de las facturas.

• Adicionalmente, el Contrato de Concesión estipula que debe el prestador del servicio abonar al Concedente un Canon por uso del recurso. A fin de no recargar la factura de los usuarios, deberá la Concesionaria hacerse cargo de tal Item sin que ello repercuta en un aumento de tarifas a los usuarios.

Al respecto Quinteros puntualizó: "El contrato vigente sólo genera beneficios para la empresa prestataria del servicio y un prejuicio considerable y continuado para los usuarios del mismo. Aguas Cordobesas -empresa del Grupo Roggio- debe ser llamada a renegociar el contrato que oportunamente fuera refrendado por ley provincial. El traspaso a la órbita municipal de la concesión deja abierta esta puerta que debe ser aprovechada por el municipio. Los puntos a renegociar son claros, pudiendo inclusive surgir mas aspectos a modificar de las negociaciones que se desarrollen".

"Es impensado que la Municipalidad de Córdoba recepte este contrato de la forma en la que fue suscripto en 2006. Toda la doctrina en materia de de concesión de servicios públicos de larga duración, recepta el principio de "clausulas evolutivas" o "mutabilidad y renegociación permanente" toda vez que surge evidente los cambios constantes de escenarios económicos, tecnológicos, financieros y sociales, y ello nunca debe causar un perjuicio para los usuarios. El contrato fue un claro negociado entre el Gobierno de la Provincia y el Grupo Roggio y ha llegado la hora de ponerle fin", finalizó Quinteros.

Informe de Alejandro Bustos.

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