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Sociedad
Sanción económica
El Gobierno penó a las prestadoras de servicios por incumplimientos de la ley de defensa del consumidor, según informó este lunes el Ministerio de Desarrollo Productivo.
FOTO: Las sanciones fueron por la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de Consumidores
El Gobierno aplicó multas por 7,7 millones de pesos a empresas de medicina prepaga por incumplimientos de la ley de defensa del consumidor, según informó en la tarde de este lunes el Ministerio de Desarrollo Productivo.
La Secretaría de Comercio Interior informó que fueron multadas las empresas empresas Galeno Argentina S.A., Medicina Prepaga Hominis S.A., y CEMIC.
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Explicó que la sanción obedeció a que las empresas infringieron el artículo 38 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor que obliga a las compañías a publicar en sus sitios web el modelo de contrato que suscriben con los asociados.
Las sanciones fueron impuestas por la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores.
La empresa Galeno recibió una multa de 750 mil pesos, Hominis otra de 600 mil pesos y CEMIC recibió una sanción que llega a los $700 mil, según la información oficial.
Según la normativa vigente, entre los incumplimientos se encuentra el hecho de que los contratos "suelen ser celebrados por adhesión a cláusulas predispuestas donde la relación establecida entre los contratantes es asimétrica, porque los términos de la relación son establecidos unilateralmente por la empresa de salud".
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"A tal fin, se tendrá en cuenta que en el contexto de público y notorio conocimiento que atraviesa el país, el acceso a los contratos a través del sitio web se torna una herramienta indispensable para el cuidado de la salud de la población", señala la disposición.
También fueron sancionadas las empresas Aca Salud, Bristol Medicina, Apres, CEMIC, Grupo Premedic, Prevención Salud, Círculo Médico de Esteban Echeverría, Corporación Asistencial, Círculo Médico de Lomas de Zamora y Medicina Prepaga Hominis.
En estos casos las sanciones se aplicaron por incumplir la resolución n°316/18 de la Secretaría de Comercio que establece que los proveedores de determinadas actividades deben incluir en su sitio web un link para que los consumidores accedan a solicitar la baja del servicio, que esté a simple vista y que sea de fácil acceso.
Las multas para estos casos oscilaron entre los $450.000 y $750.000, según informó la secretaría de Comercio Interior.
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