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Sociedad
Violencia policial
Está acusado de haber lesionado con un golpe de puño en el rostro a una joven, en medio de un control. Tiene otras imputaciones más.
FOTO: Yésica Brusa, denunciante.
Juan Federico
En las últimas horas, el juez de Control Pablo Agustín Cafferata rechazó los recursos defensivos y confirmó la elevación a juicio contra el policía Rodrigo Xavier López, quien afronta una múltiple imputación a raíz de un caso de abuso policial que fue denunciado a mediados de este año en la ciudad de Córdoba.
En la misma resolución, sobreseyó de la acusación por resistencia a la autoridad a la joven que se animó a denunciar al policía, Yésica Magalí Brusa (28).
En la causa se indica que en la medianoche del viernes 9 de julio último, Brusa fue golpeada por el policía tras un control policial en el que le secuestraron la moto por circular sin casco y sin la documentación del rodado. Ocurrió en calles Santa Ana y Espora, Alto Alberdi.
Fue en medio de este control cuando el policía la agredió de manera violenta, a golpes de puño, para luego llevarla detenida. Al descargar el operativo, el uniformado no sólo indicó la contravención de tránsito, sino que apuntó que la joven se había resistido.
Ella, cuando recuperó la libertad, buscó asesoramiento en el abogado Carlos Nayi. El notable hematoma en uno de sus ojos dejaba en evidencia la violencia que había padecido.
“Yo exigía mi derecho a leer el acta, me quiso introducir en el móvil, y cuando me opongo a eso me aplica el golpe en la cara. Mi hermana quiere sacarme de ahí, y ella también terminó recibiendo golpes físicos”, contó.
La causa recayó en jurisdicción del fiscal Juan Pablo Klinger, quien avanzó en contra del policía. Y terminó por elevarla a juicio con una múltiple acusación en contra de López: lesiones leves calificadas, severidades, privación ilegítima de la libertad y falso testimonio calificado, ya que también engañó a la Justicia para que imputaran a la joven.
El caso puso al descubierto distintos puntos centrales en torno a la formación y el control policial. Una discusión que en Córdoba se repite a partir de los casos de "gatillo fácil" de 2020 y las múltiples denuncias por diferentes episodios de abuso policial que se sucedieron desde entonces.
Tras el asesinado de Valentino Blas Correas (17), en agosto de 2020, y otros dos crímenes policiales que se cometieron el año pasado, el Gobierno provincial anunció modificar la formación policial y demorar el ingreso efectivo durante tres años (hasta entonces, el plazo de formación era de nueve a 12 meses). También se anunció una reformulación del Tribunal de Conducta Policial que deberá entrar en vigencia en los próximos 10 días, ya con un fiscal a cargo, según la nueva normativa.
El caso de la agresión al a joven Brusa tuvo otra derivación. ¿Por qué los policías se llevan detenidos a quienes son señalados por una contravención vial? ¿No alcanza con llevarse el rodado y de esta forma hacer cesar la conducta vial?
En su momento, el jefe de Asesoría Letrada de la Policía, el comisario inspector Ricardo Márquez, había indicado que el Código de Convivencia obligaba a los policías a arrestar a los infractores.
El artículo 111 de la ley provincial 10.326 indica: “Prohibición de transitar sin documentación, sin casco o sin placa identificatoria en motovehículos. Serán sancionados con hasta 10 días de trabajo comunitario, multa de hasta veinte Unidades de Multa (20 UM) o arresto de hasta tres días los que condujeren motos y ciclomotores sin la documentación correspondiente, sin la placa identificatoria del dominio colocada en debida forma o sin el casco normalizado. Igual sanción le corresponderá a quienes se trasladaren como acompañantes sin el casco normalizado. En todos los casos se procederá al secuestro de la moto, la que será restituida a su legítimo propietario cuando se hubieren subsanado los requisitos para circular”.
Según indicó Márquez la persona infractora “debe ser arrestada y de inmediato puesta a disposición de la autoridad de aplicación, que es un ayudante fiscal del Ministerio Público Fiscal”. Y explicó que el funcionario judicial tiene hasta ocho horas para determinar el recupero de la libertad de la persona arrestada.
Tanto el fiscal Klinger al elevar la causa a juicio, como ahora el juez Cafferata al ratificar la elevación, desmintieron al asesor letrado de la Policía.
“A raíz de la flagrante comisión de la falta contravencional que prevé el artículo 111 de la ley provincial 10.326, hay que decir que si bien para la citada infracción se establece el arresto -de hasta tres días- como sanción, lo cual es uno de los requisitos para que proceda eventualmente la detención preventiva, existe una escala de menor a mayor entre las penalidades previstas para esta falta, ya que previo al arresto, la autoridad competente, luego del trámite de ley, resolverá si es aplicable una sanción menos severa como el trabajo comunitario o la pena de multa”, enseñó el fiscal Klinger en la resolución.
O sea, en estas contravenciones viales los policías no están obligados al arresto, que sería el máximo de la pena posible, sino que deben discernir entre una escala que de ningún modo ordena la detención inmediata.
"Esta decisión del sobreseimiento nos pone muy feliz de no tener que cargar con una obligación que no nos corresponde. Una vez que el juicio se resuelva, espero poder despojarme de los sentimientos de angustia y tristeza que me produjeron desde entonces", apuntó Brusa al conocer esta decisión del juez de Control.
La joven también se mostró agredecida con su abogado, Nayi, quien en los últimos tiempos ha participado en diversas denuncias sobre distintos casos de abuso policial en Córdoba.
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