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FOTO: Corte Suprema de Justicia de la Nación. (Foto: CSJN)
El Procurador del Tesoro de la Nación, Rodolfo Barra, presentó un recurso extraordinario ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo contra la cautelar que suspendió la aplicación del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 emitido por el presidente Javier Milei, con el objetivo de que la Corte Suprema de Justicia tome intervención en el caso.
La presentación, que hasta última hora del viernes no estaba despachada en el sistema informático del Poder Judicial, fue confirmada a Télam por fuentes oficiales que aclararon que “el recurso va dirigido a la Corte, pero se presenta en la Cámara del Trabajo”.
El recurso elaborado por los abogados de la Procuración del Tesoro de la Nación tiene por objetivo llegar al máximo tribunal en busca de revertir el fallo de la cámara de apelaciones del fuero laboral que, ante una presentación de la Confederación General del Trabajo (CGT), dispuso la suspensión provisoria del capítulo laboral del DNU.
Se trata de un recurso extraordinario para que la Cámara habilite la vía hacia la Corte; aunque si eso no ocurre, el Gobierno podrá recurrir a una queja para llegar al máximo tribunal, señalaron las fuentes consultadas.
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En diálogo con Cadena 3, el abogado constitucionalista Diego Armesto explicó que cuando se apela una medida cautelar, en este caso con recurso extraordinario, "es la misma Cámara Nacional de Trabajo que te va a tener que habilitar el recurso extraordinario".
Y agregó: "Mayormente pasa que lo rechazan, y ahí va a tener que subir por recurso de queja a la Corte Suprema".
En ese marco, argumentó que "si te otorgan el recurso extraordinario, la medida cautelar se suspende; mientras que si te te rechazan el recurso extraordinario cuando subís en queja, automáticamente no se suspende la medida cautelar".
Sin embargo, anticipó que "la Corte Suprema es muy restrictiva en abrir a estudio apelaciones, recursos extraordinario o de queja por medidas cautelares".
Y concluyó: "Si el Congreso no se aboca al estudio del derecho, indefectiblemente termina la Corte Suprema resolviéndolo".
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El 4 de enero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó la primera cautelar que ordenó la suspensión de la reforma laboral incluida en el DNU: luego hubo otros cuatro cautelares más -dictadas por tribunales de primera y segunda instancia, según cada caso- entre las que se encuentra la lograda por la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA).
"Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados", dispusieron, en su momento, los jueces que -por mayoría- aceptaron el reclamo de la CGT.
La decisión de la Cámara fue adoptada con los votos de los magistrados José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, que integran la sala de feria de la Cámara del Trabajo junto con la jueza Dora González, que postuló remitir la causa a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que defina qué fuero debe tramitar el expediente.
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“No se evidenciaría objetivamente la ´necesidad´ de adoptar tan numerosas medidas y que, aunque ello pudiera -hipotéticamente- intentar justificarse en la referencias genéricas a 'un hecho demostrado', lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizorarían las que se alegan constituyan razones de 'urgencia' para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo", sostuvieron los jueces que conformaron la mayoría, según surge del fallo.
Además de la pretensión de revertir la cautelar, el Gobierno tiene, entre otros, el objetivo de sacar el expediente de la órbita del fuero laboral y llevarlo al fueron Contencioso Administrativo, aseveraron las fuentes, que remarcaron que esa fue siempre la estrategia del oficialismo.
En el fuero Contencioso Administrativo, además, la Procuración del Tesoro presentó la apelación al fallo del juez federal Enrique Lavié Pico que desarmó el proceso colectivo y dispuso que cada amparo tramite ante en fuero que corresponda según su temática.
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